La función del Técnico Superior en Seguridad e Higiene en el Trabajo es la preservación de la integridad psicofísica del ser humano durante el desarrollo de sus actividades laborales, evitando así posibles accidentes y previniendo aquellas situaciones detectadas como inseguras. Una adecuada prevención, es el objetivo fundamental para el cuidado integral de la salud de los trabajadores.
Mostrando las entradas con la etiqueta tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo. Mostrar todas las entradas
viernes, 21 de noviembre de 2014
Etiquetas:
Fatlyf,
higiene y seguridad,
isep 13 de julio,
profesionales de la higiene y seguridad,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
lunes, 21 de abril de 2014
21 de ABRIL | DÍA DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
El 21 de abril de 1972 se sancionó en el país la ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (reglamentada por decreto Nº 351/79), piedra fundamental de la normativa en materia de prevención de accidentes laborales en el país. La conmemoración de este día tiene como objetivo contribuir a instalar en la opinión pública la problemática de los riesgos y la seguridad de las personas en el ámbito laboral, promoviendo una cultura de la prevención mediante la educación, la sensibilización y la anticipación. El incremento del bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en función productiva representa un aspecto importante del desarrollo económico y social del país. En la Argentina existe una Comisión Permanente de Seguridad y Medicina del Trabajo integrada por destacadas instituciones especializadas en el tema.
FELICITACIONES A TODOS AQUELLOS PROFESIONALES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD, QUE CON SU TRABAJO DIGNIFICAN LAS TAREAS DE LOS CIUDADANOS DE ÉSTE PAÍS!!!
FELICITACIONES A TODOS AQUELLOS PROFESIONALES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD, QUE CON SU TRABAJO DIGNIFICAN LAS TAREAS DE LOS CIUDADANOS DE ÉSTE PAÍS!!!
Etiquetas:
higiene y seguridad,
isep 13 de julio,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
lunes, 29 de abril de 2013
LAS PRIMERAS JORNADAS REGIONALES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Paraná - Argentina LUN.29.4.2013
– Casi 600 personas entre profesionales, sindicatos, empresarios y alumnos, cerraron este viernes las Primeras Jornadas de Higiene y Seguridad en el Trabajo, organizadas por la Superintendencia del Riesgo del Trabajo (SRT), los Colegios de Ingenieros Especialistas y de Profesionales de la Ingeniería Civil y la cartera de Trabajo provincial • Según señaló a APF el Secretario del Colegio de Ingenieros Especialistas, Fernando Molina, la temática expuesta fue “muy variada” y la jornada fue un “punto de encuentro” para abordar las problemáticas en conjunto • Hay mil muertes en el año por accidentes de trabajo en Argentina
Se desarrollaron el la Vieja Usina de la capital provincial, durante el jueves y el viernes, las Primeras Jornadas de Higiene y Seguridad en el Trabajo. El enveto tuvo una gran convocatoria en el ámbito profesional y académico.
El Secretario del Colegio de Ingenieros Especialistas, informó que hubo una participación de unas 600 personas, contó que la temáticas de los expositores “una temática muy variada” y que se desarrollaron interesantes debates.
“La importancia de estas jornadas, radica que en la Argentina sufrimos alrededor de mil muertes de accidentes de trabajo por año y lo fundamental es que apuntemos a la reducción de la siniestrailidad y una de las herramientas es la capacitación”, apuntó el profesional de la ingeniería.
Finalmente agregó que “es un punto de encuentro entre los colegas, empresarios, trabajadores y estudiantes como para abordar la temática en conjunto y encontrar propuestas que permitan soluciones a futuro”. (APF.Digital)
Las jornadas fueron inauguradas el vienes por el Ministro de Trabajo de la provincia, Guillermo Smaldone.
La capacitación fue organizada en el marco de la Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo que se conmemora todos los años desde el 21 al 28 de abril, el Ministerio de Trabajo llevará adelante este jueves y viernes una Jornada intensiva sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Durante la apertura de las Jornadas, el ministro Guillermo Smaldone, comentó: “Con e gobernador Urribarri siempre coincidimos en que es inaceptable que un trabajador muera, se hiera o enferme como consecuencia de su actividad laboral, por eso, desde hace un tiempo el gobierno entrerriano viene encarando acciones específicas de concientización y de fiscalización en aspectos relativos a la prevención de riesgos y al mejoramiento de las condiciones laborales en los distintos rubros”.
El programa tuvo disertaciones de prestigiosos especialistas nacionales sobre distintas temáticas como ser los Riesgos de explosiones en planta de silos; Responsabilidad legal del profesional de Higiene y Seguridad; Normativa comparada sobre incendios. Ensayos de materiales de protección contra incendios; Modificaciones a la ley de Riesgos del trabajo; Normas de seguridad en recipientes sometidos a presión: calderas; Toxicología laboral; entre muchos otros temas a abordarse.
(APF.Digital.com.ar)
– Casi 600 personas entre profesionales, sindicatos, empresarios y alumnos, cerraron este viernes las Primeras Jornadas de Higiene y Seguridad en el Trabajo, organizadas por la Superintendencia del Riesgo del Trabajo (SRT), los Colegios de Ingenieros Especialistas y de Profesionales de la Ingeniería Civil y la cartera de Trabajo provincial • Según señaló a APF el Secretario del Colegio de Ingenieros Especialistas, Fernando Molina, la temática expuesta fue “muy variada” y la jornada fue un “punto de encuentro” para abordar las problemáticas en conjunto • Hay mil muertes en el año por accidentes de trabajo en Argentina
Se desarrollaron el la Vieja Usina de la capital provincial, durante el jueves y el viernes, las Primeras Jornadas de Higiene y Seguridad en el Trabajo. El enveto tuvo una gran convocatoria en el ámbito profesional y académico.
El Secretario del Colegio de Ingenieros Especialistas, informó que hubo una participación de unas 600 personas, contó que la temáticas de los expositores “una temática muy variada” y que se desarrollaron interesantes debates.
“La importancia de estas jornadas, radica que en la Argentina sufrimos alrededor de mil muertes de accidentes de trabajo por año y lo fundamental es que apuntemos a la reducción de la siniestrailidad y una de las herramientas es la capacitación”, apuntó el profesional de la ingeniería.
Finalmente agregó que “es un punto de encuentro entre los colegas, empresarios, trabajadores y estudiantes como para abordar la temática en conjunto y encontrar propuestas que permitan soluciones a futuro”. (APF.Digital)
Las jornadas fueron inauguradas el vienes por el Ministro de Trabajo de la provincia, Guillermo Smaldone.
La capacitación fue organizada en el marco de la Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo que se conmemora todos los años desde el 21 al 28 de abril, el Ministerio de Trabajo llevará adelante este jueves y viernes una Jornada intensiva sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Durante la apertura de las Jornadas, el ministro Guillermo Smaldone, comentó: “Con e gobernador Urribarri siempre coincidimos en que es inaceptable que un trabajador muera, se hiera o enferme como consecuencia de su actividad laboral, por eso, desde hace un tiempo el gobierno entrerriano viene encarando acciones específicas de concientización y de fiscalización en aspectos relativos a la prevención de riesgos y al mejoramiento de las condiciones laborales en los distintos rubros”.
El programa tuvo disertaciones de prestigiosos especialistas nacionales sobre distintas temáticas como ser los Riesgos de explosiones en planta de silos; Responsabilidad legal del profesional de Higiene y Seguridad; Normativa comparada sobre incendios. Ensayos de materiales de protección contra incendios; Modificaciones a la ley de Riesgos del trabajo; Normas de seguridad en recipientes sometidos a presión: calderas; Toxicología laboral; entre muchos otros temas a abordarse.
(APF.Digital.com.ar)
Etiquetas:
capacitacion seguridad e higiene,
higiene y seguridad,
isep 13 de julio,
jornadas de higiene y seguridad,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
lunes, 25 de marzo de 2013
Ser Técnico en Seguridad e Higiene
FUNCIÓN PRINCIPAL
La función esencial del Técnico en Seguridad e Higiene consiste en implantar y supervisar un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en el conjunto de las actividades llevadas a cabo por la empresa
ACTIVIDADES Y TAREAS PRINCIPALES
Planificar la Seguridad e higiene formulando de antemano lo que será el futuro alcanzable, en relación con las estrategias y actuaciones de la empresa y respecto de la seguridad y sus técnicas específicas para ello el Técnico en Seguridad e Higiene debe:
1. Fijar los objetivos a perseguir
2. Determinar de forma lógica las etapas y el contenido de cada actuación respecto del trabajo o técnica de seguridad o higiene que vaya a desarrollar
3. Identificar los procedimientos para llevar a cabo de la forma más eficaz cada tarea
4. Establecer los presupuestos de Seguridad e Higiene
5. Organizar la seguridad e higiene ordenando y coordinando las tareas que deben realizarse con tal fin el Técnico en Seguridad e Higiene debe:
6. Identificar los trabajos de seguridad que deben ser realizados con carácter general en la empresa y en cada puesto de trabajo, al tiempo que asigna a las personas de las diferentes líneas operativas
7. Delimitar la autoridad y responsabilidad de seguridad e higiene y establecer el adecuado ambiente de colaboración entre el personal para favorecer la consecución de los objetivos de seguridad
8. Controlar la seguridad e higiene,
9. fijando los estándares o niveles de seguridad que se desea seguir en relación a la higiene y al control de lesiones personales, de daños a los equipos, de daños a los materiales y de pérdidas referidas al medio ambiente,
10. midiendo el nivel de seguridad e higiene conseguido a partir de realizar un cómputo real o un muestreo al azar de las notificaciones de accidentes o de otras verificaciones,
11. y, finalmente, comparando los resultados de la medición y de los estándares para emprender medidas correctivas
Es necesario que el Técnico presente:
Habilidad manual
Agudeza visual
Discriminación de colores
Resistencia a la monotonía
Coordinación motora
Agilidad mental
Creatividad
Comprensión verbal
Comprensión escrita
Inteligencia analítica
Concentración
Inteligencia práctica
Razonamiento mecánico
Capacidad razonamiento lógico
Capacidad para trabajar sólo
Trabajar en equipo
Habilidad en las relaciones
Capacidad para fijar prioridades
Capacidad de organización
Capacidad de liderazgo
www.iteb.es
Etiquetas:
accidente laboral,
equipo de trabajo,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 25 de octubre de 2012
El empleo - Cortometraje Argentino de animación
Etiquetas:
empleo,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
isep 13 de julio,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
miércoles, 30 de mayo de 2012
¿Qué es la capacitación, y qué gana una organización al capacitar a su personal?
QUE SIGNIFICA CAPACITACIÓN
Por Edgardo Frigo
Capacitación, o desarrollo de personal, es toda actividad realizada en una organización, respondiendo a sus necesidades, que busca mejorar la actitud, conocimiento, habilidades o conductas de su personal.
Concretamente, la capacitación:
- busca perfeccionar al colaborador en su puesto de trabajo,
- en función de las necesidades de la empresa,
- en un proceso estructurado con metas bien definidas.
La necesidad de capacitación surge cuando hay diferencia entre lo que una persona debería saber para desempeñar una tarea, y lo que sabe realmente.
Estas diferencias suelen ser descubiertas al hacer evaluaciones de desempeño, o descripciones de perfil de puesto.
Dados los cambios continuos en la actividad de las organizaciones, prácticamente ya no existen puestos de trabajo estáticos. Cada persona debe estar preparado para ocupar las funciones que requiera la empresa.
El cambio influye sobre lo que cada persona debe saber, y también sobre la forma de llevar a cabo las tareas.
Una de las principales responsabilidades de la supervisión es adelantarse a los cambios previendo demandas futuras de capacitación, y hacerlo según las aptitudes y el potencial de cada persona.
DONDE APLICAR LA CAPACITACIÓN
Los campos de aplicación de la capacitación son muchos, pero en general entran en una de las cuatro áreas siguientes:
a) Inducción
Es la información que se brinda a los empleados recién ingresados. Generalmente lo hacen los supervisores del ingresante. El departamento de RRHH establece por escrito las pautas, de modo de que la acción sea uniforme y planificada.
b) Entrenamiento:
Se aplica al personal operativo. En general se da en el mismo puesto de trabajo. La capacitación se hace necesaria cuando hay novedades que afectan tareas o funciones, o cuando se hace necesario elevar el nivel general de conocimientos del personal operativo. Las instrucciones para cada puesto de trabajo deberían ser puestas por escrito.
c) Formación básica:
Se desarrolla en organizaciones de cierta envergadura; procura personal especialmente preparado, con un conocimiento general de toda la organización. Se toma en general profesionales jóvenes, que reciben instrucción completa sobre la empresa, y luego reciben destino. Son los "oficiales" del futuro.
d) Desarrollo de Jefes
Suele ser lo mas difícil, porque se trata de desarrollar mas bien actitudes que conocimientos y habilidades concretas. En todas las demás acciones de capacitación, es necesario el compromiso de la gerencia. Aquí, es primordial el compromiso de la gerencia general, y de los máximos niveles de la organización. El estilo gerencial de una empresa se logra no solo trabajando en común, sino sobre todo con reflexión común sobre los problemas de la gerencia. Deberían difundirse temas como la administración del tiempo, conducción de reuniones, análisis y toma de decisiones, y otros.
En cualquiera de los casos, debe planificarse adecuadamente tanto la secuencia como el contenido de las actividades, de modo de obtener un máximo alineamiento
LA CAPACITACIÓN COMO INVERSIÓN
La organización invierte recursos con cada colaborador al seleccionarlo, incorporarlo, y capacitarlo. Para proteger esta inversión, la organización debería conocer el potencial de sus hombres. Esto permite saber si cada persona ha llegado a su techo laboral, o puede alcanzar posiciones más elevadas. También permite ver si hay otras tareas de nivel similar que puede realizar, desarrollando sus aptitudes y mejorando el desempeño de la empresa.
Otra forma importante en que la organización protege su inversión en recursos humanos es por medio del planeamiento de carrera. Estimula las posibilidades de crecimiento personal de cada colaborador, y permite contar con cuadros de reemplazo.
CAPACITACIÓN Y COMUNIDAD
La capacitación, aunque está pensada para mejorar la productividad de la organización, tiene importantes efectos sociales. Los conocimientos, destrezas y aptitudes adquiridos por cada persona no solo lo perfeccionan para trabajar, sino también para su vida.
Son la forma más eficaz de protección del trabajador, en primer lugar porque si se produce una vacante en la organización, puede ser cubierta internamente por promoción; y si un trabajador se desvincula, mientras más entrenado esté, más fácilmente volverá a conseguir un nuevo empleo.
Las promociones, traslados y actividades de capacitación son un importante factor de motivación y retención de personal. Demuestran a la gente que en esa empresa pueden desarrollar una carrera, o alcanzar un grado de conocimientos que les permita su "empleabilidad" permanente.
BENEFICIOS DE CAPACITAR
La capacitación permite evitar la obsolescencia de los conocimientos del personal, que ocurre generalmente entre los empleados más antiguos si no han sido reentrenados.
También permite adaptarse a los rápidos cambios sociales, como la situación de las mujeres que trabajan, el aumento de la población con títulos universitarios, la mayor esperanza de vida, los continuos cambios de productos y servicios, el avance de la informática en todas las áreas, y las crecientes y diversas demandas del mercado. Disminuye la tasa de rotación de personal, y permite entrenar sustitutos que puedan ocupar nuevas funciones rápida y eficazmente.
Por ello, las inversiones en capacitación redundan en beneficios tanto para la persona entrenada como para la empresa que la entrena. Y las empresas que mayores esfuerzos realizan en este sentido, son las que más se beneficiarán en los mercados hipercompetitivos que llegaron para quedarse.
El autor de este artículo, Edgardo Frigo es consultor especialista en management de Seguridad y experto en capacitación
Por Edgardo Frigo
Capacitación, o desarrollo de personal, es toda actividad realizada en una organización, respondiendo a sus necesidades, que busca mejorar la actitud, conocimiento, habilidades o conductas de su personal.
Concretamente, la capacitación:
- busca perfeccionar al colaborador en su puesto de trabajo,
- en función de las necesidades de la empresa,
- en un proceso estructurado con metas bien definidas.
La necesidad de capacitación surge cuando hay diferencia entre lo que una persona debería saber para desempeñar una tarea, y lo que sabe realmente.
Estas diferencias suelen ser descubiertas al hacer evaluaciones de desempeño, o descripciones de perfil de puesto.
Dados los cambios continuos en la actividad de las organizaciones, prácticamente ya no existen puestos de trabajo estáticos. Cada persona debe estar preparado para ocupar las funciones que requiera la empresa.
El cambio influye sobre lo que cada persona debe saber, y también sobre la forma de llevar a cabo las tareas.
Una de las principales responsabilidades de la supervisión es adelantarse a los cambios previendo demandas futuras de capacitación, y hacerlo según las aptitudes y el potencial de cada persona.
DONDE APLICAR LA CAPACITACIÓN
Los campos de aplicación de la capacitación son muchos, pero en general entran en una de las cuatro áreas siguientes:
a) Inducción
Es la información que se brinda a los empleados recién ingresados. Generalmente lo hacen los supervisores del ingresante. El departamento de RRHH establece por escrito las pautas, de modo de que la acción sea uniforme y planificada.
b) Entrenamiento:
Se aplica al personal operativo. En general se da en el mismo puesto de trabajo. La capacitación se hace necesaria cuando hay novedades que afectan tareas o funciones, o cuando se hace necesario elevar el nivel general de conocimientos del personal operativo. Las instrucciones para cada puesto de trabajo deberían ser puestas por escrito.
c) Formación básica:
Se desarrolla en organizaciones de cierta envergadura; procura personal especialmente preparado, con un conocimiento general de toda la organización. Se toma en general profesionales jóvenes, que reciben instrucción completa sobre la empresa, y luego reciben destino. Son los "oficiales" del futuro.
d) Desarrollo de Jefes
Suele ser lo mas difícil, porque se trata de desarrollar mas bien actitudes que conocimientos y habilidades concretas. En todas las demás acciones de capacitación, es necesario el compromiso de la gerencia. Aquí, es primordial el compromiso de la gerencia general, y de los máximos niveles de la organización. El estilo gerencial de una empresa se logra no solo trabajando en común, sino sobre todo con reflexión común sobre los problemas de la gerencia. Deberían difundirse temas como la administración del tiempo, conducción de reuniones, análisis y toma de decisiones, y otros.
En cualquiera de los casos, debe planificarse adecuadamente tanto la secuencia como el contenido de las actividades, de modo de obtener un máximo alineamiento
LA CAPACITACIÓN COMO INVERSIÓN
La organización invierte recursos con cada colaborador al seleccionarlo, incorporarlo, y capacitarlo. Para proteger esta inversión, la organización debería conocer el potencial de sus hombres. Esto permite saber si cada persona ha llegado a su techo laboral, o puede alcanzar posiciones más elevadas. También permite ver si hay otras tareas de nivel similar que puede realizar, desarrollando sus aptitudes y mejorando el desempeño de la empresa.
Otra forma importante en que la organización protege su inversión en recursos humanos es por medio del planeamiento de carrera. Estimula las posibilidades de crecimiento personal de cada colaborador, y permite contar con cuadros de reemplazo.
CAPACITACIÓN Y COMUNIDAD
La capacitación, aunque está pensada para mejorar la productividad de la organización, tiene importantes efectos sociales. Los conocimientos, destrezas y aptitudes adquiridos por cada persona no solo lo perfeccionan para trabajar, sino también para su vida.
Son la forma más eficaz de protección del trabajador, en primer lugar porque si se produce una vacante en la organización, puede ser cubierta internamente por promoción; y si un trabajador se desvincula, mientras más entrenado esté, más fácilmente volverá a conseguir un nuevo empleo.
Las promociones, traslados y actividades de capacitación son un importante factor de motivación y retención de personal. Demuestran a la gente que en esa empresa pueden desarrollar una carrera, o alcanzar un grado de conocimientos que les permita su "empleabilidad" permanente.
BENEFICIOS DE CAPACITAR
La capacitación permite evitar la obsolescencia de los conocimientos del personal, que ocurre generalmente entre los empleados más antiguos si no han sido reentrenados.
También permite adaptarse a los rápidos cambios sociales, como la situación de las mujeres que trabajan, el aumento de la población con títulos universitarios, la mayor esperanza de vida, los continuos cambios de productos y servicios, el avance de la informática en todas las áreas, y las crecientes y diversas demandas del mercado. Disminuye la tasa de rotación de personal, y permite entrenar sustitutos que puedan ocupar nuevas funciones rápida y eficazmente.
Por ello, las inversiones en capacitación redundan en beneficios tanto para la persona entrenada como para la empresa que la entrena. Y las empresas que mayores esfuerzos realizan en este sentido, son las que más se beneficiarán en los mercados hipercompetitivos que llegaron para quedarse.
El autor de este artículo, Edgardo Frigo es consultor especialista en management de Seguridad y experto en capacitación
Etiquetas:
capacitacion laboral,
capacitacion seguridad e higiene,
higiene y seguridad,
isep 13 de julio,
seguridad e higiene,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 28 de julio de 2011
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL:
El personal de la industria, debe utilizar elementos de protección personal apropiados obligatorios por la Art y son : camisa y pantalón de trabajo, anteojos o antiparras, guantes, cascos, y botines con puntera de seguridad industrial .
Será obligatorio siempre el uso del calzado con puntera de acero.
En todo tipo de empresas y cuando la misma brinda servicios produciendo su propia materia prima, elaborando productos, o bien, confeccionando maquinas para la construcción u otros establecimientos y contamos con empleados, nos sometemos diariamente al riesgo laboral, ya sea in itinere o bien accidentes de trabajo (llamados laboralmente accidentes ley 9688 o accidentes acción civil art. 1113 ) riesgos para y con las cosas.
Para evitar estos accidentes, debemos cumplir con las normas de higiene y seguridad industrial. si hablamos de la primera de las normas llamada normas de higiene nos encontramos con que en todo establecimiento es obligatorio exhibir carteles luminosos indicativos de como poder evitar riesgos en el trabajo y explicar a toda persona propia o ajena a la planta de que elementos son obligatorios a la hora de laborar.
Primero : brindar a los empleados obreros cursos de capacitación mensual de una hora de duración explicando los riesgos en el trabajo y como poder evitar accidentes, de debe exhibir siempre en lugar visible los números mas cercanos a la planta sobre teléfonos de emergencia para derivaciones
Los requisitos básicos de higiene y seguridad son : con el objeto de controlar riesgos que se están observando frecuentemente en el desarrollo de los trabajos se debe tener presente los siguientes ejemplos:
1. Todo contratista que realice tareas de reparación y mantenimiento en los fulones, debe colocar cartel luminoso que indique hombre trabajando ( o similar ) en él o los tableros de comando, además deberá solicitar y controlar que se cumpla con el corte del suministro eléctrico que genera el movimiento del falón.
2.Todo contratista que realice tareas de reparación y mantenimiento en los falones o realice tareas que requiera electricidad , debe contar con tableros eléctricos que tengan llave térmica, disyuntor diferencial y transformador para tomas de 24 v ( para portátiles ) , además no deben estar los cables nunca en el piso ni en contacto con agua.
3.Todo contratista que realice tareas de movimiento de cargas y descargas elevadas con grúas o que puedan trabajar en proximidades y/o debajo donde trabajen personas en altura, deben utilizar cascos.
4.Todo contratista que realice tareas en sectores internos de planta o tareas que generen ruidos, deben utilizar protectores auditivos.
5. Se recuerda colocar cinta de peligro en todas las taras que deban realizar, especialmente en trabajos elevados peligrosos - rollos demarcatorios de zonas de peligro ( rollos de 200 metros)
Cumpla y evite sanciones por parte de la art y evite accidentes de sus propios empleados
Toda empresa contratista que cumpla servicios en plantas debe contar con la presencia de un responsable habilitado en seguridad e higiene en el trabajo que así lo represente , es exigible para dicho profesional el cumplimiento de requisitos establecidos en el decreto 1338/96 y resolución 231/96 y modificatorias, cuyas tareas serán auditadas siempre por servicio de esa compañía.
En obras con tareas de alto riesgo para sus empleados, como son por ejemplo tareas en altura, instalaciones de media y alta tensión, metalúrgicas, cañerías para productos químicos peligrosos o tóxicos, recipientes bajo presión o vacía, trabajos en calderas, en yacimientos petrolíferos u otros trabajos calificados por la seguridad industrial , se deberá controlar e instruir siempre a sus dependientes sobre como poder utilizar todos los servicios. que brindan las leyes de seguridad industrial sobre los elementos obligatorios de la art. como son por ejemplo : casos, guantes dieléctricos, protectores, auditivos, precintos de seguridad, etc.
Se deben respetar indicaciones de avisos y carteles en cuanto a velocidad máxima cuando se utilizan tractores para la movilización dentro de la planta, y prohibición de fumar, etc. , y toda recomendación útil al obrero.
Se tomaran medidas necesarias siempre para evitar daños a personas o bienes y evitar la permanencia o transito de personas en lugares ajenos a los trabajos que se realicen , salvo los que correspondan a los recorridos habituales para entrada y salida
Cuando sea necesario es obligatorio por las ART compañía de seguros, uso obligatorio de bebederos de agua potable, los que están identificados .
Riesgos de incendio: para todas las operaciones que generen o puedan generar llamas o chispas ( por ej.: soldaduras, amolados, etc.), deberá contarse con autorización de la comitente. esta totalmente prohibido el derrame siempre de productos inflamables o combustibles en el sistema de desagües de las fabricas o en el lugar de trabajo .
Usar matafuegos reglamentarios y mangueras de incendio limitado, exclusivamente a sus fines específicos
Trabajos en altura: deberán usar escaleras obligatorias y andamios que se utilicen serán los apropiados y deberán estar en buenas condiciones. al instalarse el andamio debe verificarse la correcta nivelación y practicarse su anclaje a las estructuras. Nunca deben sobrecargarse.
Cinturones de seguridad: para trabajos que así lo requieran , serán obligatorios el uso del cinturón, apropiados y en buenas condiciones. al trabajar en altura aun cuando tenga cinturón de seguridad, nunca deberá trabajar solo sino con asistencia de otra persona en caso de necesitar socorrer. se dispondrá lo necesario para evitar la caída de herramientas u otros materiales.
Contaminantes: es obligatorio disponer todas las medidas practicas posibles para evitar incorporación al ambiente de concentraciones no admisibles de contaminantes de cualquier tipo, como ser por ej.: gases , mapones, polvos o polvillos )
Cuando el trabajo provoque desniveles que puedan ser causa de accidentes, se colocaran como uso obligatorio las vallas y advertencias con carteles luminosos que sean necesarios.
Golpes y cortes con objetos: obligatorios y reglamentarios son el uso de botiquines con los sig. Elementos: pervinox, algodón, guantes, genial, curitas, gasas, tijera, agua oxigenada...
El personal debe usar cascos y calzados de seguridad además de la ropa de trabajo ( pantalón y camisa obligatorio por la Art)
El personal deberá trabajar permanentemente en altura con arnés de seguridad amarrado a un punto fijo exterior a los mismos.
Etiquetas:
elctricidad,
elementos de seguridad,
equipo de proteccion personal,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
miércoles, 27 de julio de 2011
Seguridad en la Industria de la Construcción
Protección contra la caida de Personas
El riesgo de caída de personas se debe prevenir con las siguientes opciones:
Las aberturas en el piso se deben proteger por medio de:
Cubiertas sólidas que permitan transitar sobre ellas y, en su caso, que soporten el paso de vehículos. No deben constituir un obstáculo para la circulación, debiendo sujetarse con dispositivos eficaces que impidan cualquier desplazamiento accidental. El espacio entre las barras de las cubiertas construidas en forma de reja no superará los CINCO CENTIMETROS (5cm.).
Barandas de suficiente estabilidad y resistencia en todos los lados expuestos, cuando no sea posible el uso de cubiertas. Dichas barandas serán de UN METRO (1m.) de altura, con travesaños interme-dios y zócalos de QUINCE CENTIMETROS (15cm.) de altura.
Aberturas en las paredes al exterior con desnivel: deben estar protegidas por barandas, travesaños y zócalos, igual que el punto anterior. Cuando existan aberturas en las paredes de dimensiones reducidas y se encuentren por encima del nivel del piso a UN METRO (1m.) de altura como máximo, se pueden usar travesaños cruzados como elementos de protección.
Cuando los paramentos no hayan sido construidos y no se utilicen barandas, travesaños y zócalos como protección contra la caída de personas, se deben instalar paredes protectoras por debajo del plano de trabajo. Estas deben cubrir todas las posibles trayectorias de caídas. Estas redes salvavidas deben tener una resistencia ade-cuada en función de las cargas a soportar y ser de un material cuyas características resistan las agresiones am-bientales del lugar donde se instalen. Deberán estar provistas de medios seguros de anclaje a puntos de amarre fijo. Se deben colocar como máximo a TRES METROS (3m.) por debajo del plano de trabajo, medido en su flecha máxima.
Es obligatoria la identificación y señalización de todos los lugares que en obra presenten riesgo de caída de personas y la instalación de adecuadas protecciones.
Caída de personas al agua: Es obligatorio proveer a los trabajadores de chalecos salvavidas y demás elementos de protección personal que para el caso se consideren apropiados. Se debe prever la existencia de medios de salvamento, en su caso, tales como redes, botes con personal a bordo y boyas salvavidas.
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo,
trabajo en altura
jueves, 21 de julio de 2011
Diferencias entre "Higiene" y "Seguridad" Laboral.
HIGIENE
Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan.
Está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre – y su ambiente de trabajo, es decir que posee un carácter eminentemente preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado, evitando que éste enferme o se ausente de manera provisional o definitiva del trabajo.
Conforma un conjunto de conocimientos y técnicas dedicados a reconocer, evaluar y controlar aquellos factores del ambiente, psicológicos o tensionales,
que provienen, del trabajo y pueden causar enfermedades o deteriorar la salud.
Objetivos:
§ Eliminar las causas de las enfermedades profesionales
§ Reducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en personas enfermas o portadoras de defectos físicos
§ Prevenir el empeoramiento de enfermedades y lesiones
§ Mantener la salud de los trabajadores
§ Aumentar la productividad por medio del control del ambiente de trabajo.
¿ Cómo podemos lograr estos objetivos?
§ Educación de todos los miembros de la empresa, indicando los peligros existentes y enseñando cómo evitarlos.
§ Manteniendo constante estado de alerta ante los riesgos existentes en la fábrica.
§ Por os estudios y observaciones de nuevos procesos o materiales que puedan utilizarse.
SEGURIDAD
Conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleados para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implementación de prácticas preventivas.
Según el esquema de organización de la empresa, los servicios de seguridad tienen el objetivo de establecer normas y procedimientos, poniendo en práctica los recursos posibles para conseguir la prevención de accidentes y controlando los resultados obtenidos.
El programa debe ser establecido mediante la aplicación de medidas de seguridad adecuadas, llevadas a cabo por medio del trabajo en equipo.
La seguridad es responsabilidad de Línea y una función de staff. Cada supervisor es responsable de los asuntos de seguridad de su área, aunque exista en la organización un organismo de seguridad para asesorar a todas las áreas.
La seguridad del trabajo contempla tres áreas principales de actividad:
� Prevención de accidentes
� Prevención de robos
� Prevención de incendios
Autores: Cimo, Carina Corrales, Andrea Galán, Mónica Martínez, Eliana Pacini, Andrea Quiroga, Gabriela Rodríguez, Mª Belén Rodríguez, Celia Zevallos, Mariela
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnicatura,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
miércoles, 6 de julio de 2011
DEFINICIONES sobre ACCIDENTABILIDAD
Accidente de trabajo
Es una lesión inesperada ocurrida en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).
Enfermedad profesional
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por normativa en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.
Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.
Reingreso o reagravación
A los fines del Registro de Accidentabilidad, se considera reingreso a la reagravación de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional previamente notificados.
Accidentabilidad
Es la frecuencia o índice de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Trabajador damnificado o lesionado
Es todo trabajador asegurado que sufrió un accidente de trabajo o enfermedad profesional por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes de trabajo “in itinere”.
Jornadas no trabajadas
Se consideran jornadas no trabajadas al período (días hábiles y no hábiles) transcurrido entre la fecha del accidente o la declaración de la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional, y la fecha de la finalización de la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), sin considerarse estas dos fechas.
Días con baja laboral
Se considera días con baja laboral a las jornadas no trabajadas por el damnificado dentro del período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT).
Registro de Accidentabilidad
El Registro de Accidentabilidad comprende a los accidentes de trabajo (incluidos los in itinere), las enfermedades profesionales y las reagravaciones sufridos por los trabajadores cubiertos, y notificados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Casos notificados
Es la cantidad de accidentes de trabajo (incluyendo los in itinere), enfermedades profesionales y reagravaciones que han sido notificados por las ART en el período comprendido.
Forma de ocurrencia
La forma de ocurrencia es el modo en el cual acontece el accidente de trabajo o se manifiesta la enfermedad profesional.
Agente causante
Se considera agente causante a todo aquello que origina o motiva el accidente de trabajo o la enfermedad profesional.
Indices
Se desarrollan los índices para establecer comparaciones de forma directa entre categorías de una misma variable.
Los índices que se presentan son los recomendados e indicados por la XIII Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que el cálculo de los índices sólo considere los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja laboral.
Indice de incidencia
Expresa la cantidad de casos notificados por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de 1 (un) año, por cada mil trabajadores cubiertos:
II = Casos notificados x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de gravedad
Los índices de gravedad calculados son dos, no excluyentes, pero sí complementarios:
- Indice de pérdida
El índice de pérdida refleja la cantidad de jornadas no trabajadas en el año, por cada mil trabajadores cubiertos:
IP = Jornadas no trabajadas x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
- Duración media de las bajas
La duración media de las bajas indica la cantidad de jornadas no trabajadas en promedio, por cada trabajador damnificado, incluyendo solamente aquellos con baja laboral:
B = Jornadas no trabajadas
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores damnificados con baja laboral
Indice de incidencia en fallecidos
Expresa la cantidad de trabajadores damnificados que fallecen por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de un año, por cada un millón de trabajadores cubiertos, en ese mismo período.
IM = Trabajadores fallecidos x 1.000.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de letalidad
Como se ve, difiere de la definición de índice de incidencia en fallecidos (mortalidad), ya que su denominador no es trabajadores cubiertos, sino casos.
IL = Trabajadores fallecidos x 100.000
--------------------------------------------------------------------------------
Cantidad de casos totales
COBERTURA
Empleadores asegurados / afiliados
Son los empleadores que, identificados de forma unívoca por su CUIT, se encuentran cubiertos por el Sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) debido a que suscribieron un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o porque están incluidos en la opción del autoseguro.
Trabajadores cubiertos
Se consideran trabajadores cubiertos a aquellos enunciados por los empleadores afiliados en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP -cuando se encuentran dentro del Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS)- o en las declaraciones presentadas a las ART responsables o directamente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para los casos que se encuentran fuera del SUSS.
Masa salarial declarada
Son los salarios declarados -en pesos- por los empleadores afiliados, en concepto de remuneración bruta (antes de descuentos) correspondiente a los trabajadores asegurados.
Salario medio de la empresa
Es el valor promedio de los salarios pagados por cada empleador, sujetos a cotización de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Cuota pactada
Es el monto o premio -en pesos- que el empleador afiliado acuerda pagar a la Aseguradora para financiar las prestaciones previstas en la LRT. Este monto devenga mensualmente y se compone de dos partes: 1) se obtiene al aplicar una cápita fija en esos por cada trabajador asegurado; 2) se obtiene al imputar una alícuota porcentual sobre la masa salarial declarada.
Cuota recaudada
Es el monto en pesos que el sistema recauda por pagos efectuados en el período considerado por los empleadores afiliados, para hacer frente al devengamiento de las cuotas pactadas. Las cuotas recaudadas se computan de forma mensual y pueden, mes a mes, no ser iguales a los pagos que efectivamente corresponden al período, debido a que algunos empleadores abonan sus compromisos con retraso.
Sector de actividad económica
Son las ramas de actividad económica de las empresas según el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Tamaño del empleador
El tamaño del empleador representa la cantidad de trabajadores cubiertos enunciados por los empleadores afiliados o autoasegurados.
Es una lesión inesperada ocurrida en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).
Enfermedad profesional
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por normativa en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.
Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.
Reingreso o reagravación
A los fines del Registro de Accidentabilidad, se considera reingreso a la reagravación de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional previamente notificados.
Accidentabilidad
Es la frecuencia o índice de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Trabajador damnificado o lesionado
Es todo trabajador asegurado que sufrió un accidente de trabajo o enfermedad profesional por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes de trabajo “in itinere”.
Jornadas no trabajadas
Se consideran jornadas no trabajadas al período (días hábiles y no hábiles) transcurrido entre la fecha del accidente o la declaración de la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional, y la fecha de la finalización de la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), sin considerarse estas dos fechas.
Días con baja laboral
Se considera días con baja laboral a las jornadas no trabajadas por el damnificado dentro del período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT).
Registro de Accidentabilidad
El Registro de Accidentabilidad comprende a los accidentes de trabajo (incluidos los in itinere), las enfermedades profesionales y las reagravaciones sufridos por los trabajadores cubiertos, y notificados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Casos notificados
Es la cantidad de accidentes de trabajo (incluyendo los in itinere), enfermedades profesionales y reagravaciones que han sido notificados por las ART en el período comprendido.
Forma de ocurrencia
La forma de ocurrencia es el modo en el cual acontece el accidente de trabajo o se manifiesta la enfermedad profesional.
Agente causante
Se considera agente causante a todo aquello que origina o motiva el accidente de trabajo o la enfermedad profesional.
Indices
Se desarrollan los índices para establecer comparaciones de forma directa entre categorías de una misma variable.
Los índices que se presentan son los recomendados e indicados por la XIII Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que el cálculo de los índices sólo considere los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja laboral.
Indice de incidencia
Expresa la cantidad de casos notificados por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de 1 (un) año, por cada mil trabajadores cubiertos:
II = Casos notificados x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de gravedad
Los índices de gravedad calculados son dos, no excluyentes, pero sí complementarios:
- Indice de pérdida
El índice de pérdida refleja la cantidad de jornadas no trabajadas en el año, por cada mil trabajadores cubiertos:
IP = Jornadas no trabajadas x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
- Duración media de las bajas
La duración media de las bajas indica la cantidad de jornadas no trabajadas en promedio, por cada trabajador damnificado, incluyendo solamente aquellos con baja laboral:
B = Jornadas no trabajadas
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores damnificados con baja laboral
Indice de incidencia en fallecidos
Expresa la cantidad de trabajadores damnificados que fallecen por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de un año, por cada un millón de trabajadores cubiertos, en ese mismo período.
IM = Trabajadores fallecidos x 1.000.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de letalidad
Como se ve, difiere de la definición de índice de incidencia en fallecidos (mortalidad), ya que su denominador no es trabajadores cubiertos, sino casos.
IL = Trabajadores fallecidos x 100.000
--------------------------------------------------------------------------------
Cantidad de casos totales
COBERTURA
Empleadores asegurados / afiliados
Son los empleadores que, identificados de forma unívoca por su CUIT, se encuentran cubiertos por el Sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) debido a que suscribieron un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o porque están incluidos en la opción del autoseguro.
Trabajadores cubiertos
Se consideran trabajadores cubiertos a aquellos enunciados por los empleadores afiliados en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP -cuando se encuentran dentro del Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS)- o en las declaraciones presentadas a las ART responsables o directamente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para los casos que se encuentran fuera del SUSS.
Masa salarial declarada
Son los salarios declarados -en pesos- por los empleadores afiliados, en concepto de remuneración bruta (antes de descuentos) correspondiente a los trabajadores asegurados.
Salario medio de la empresa
Es el valor promedio de los salarios pagados por cada empleador, sujetos a cotización de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Cuota pactada
Es el monto o premio -en pesos- que el empleador afiliado acuerda pagar a la Aseguradora para financiar las prestaciones previstas en la LRT. Este monto devenga mensualmente y se compone de dos partes: 1) se obtiene al aplicar una cápita fija en esos por cada trabajador asegurado; 2) se obtiene al imputar una alícuota porcentual sobre la masa salarial declarada.
Cuota recaudada
Es el monto en pesos que el sistema recauda por pagos efectuados en el período considerado por los empleadores afiliados, para hacer frente al devengamiento de las cuotas pactadas. Las cuotas recaudadas se computan de forma mensual y pueden, mes a mes, no ser iguales a los pagos que efectivamente corresponden al período, debido a que algunos empleadores abonan sus compromisos con retraso.
Sector de actividad económica
Son las ramas de actividad económica de las empresas según el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Tamaño del empleador
El tamaño del empleador representa la cantidad de trabajadores cubiertos enunciados por los empleadores afiliados o autoasegurados.
Etiquetas:
accidentes laborales,
elctricidad,
elementos de seguridad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 23 de junio de 2011
Salud, seguridad y medio ambiente en la industria
Equipos de Protección Personal (EPP)
El Servicio de Higiene y Seguridad en le trabajo debe determinar la necesidad de uso de equipos y elementos de protección personal, las condiciones de utilización y vida útil. Una vez determinada la necesidad de usar un determinado EPP su utilización debe ser obligatoria por parte del personal.
Los EPP deben ser de uso individual y no intercambiables cuando razones de higiene y practicidad así lo aconsejen.
Los equipos y elementos de protección personal, deben ser proporcionados a los trabajadores y utilizados por éstos, mientras se agotan todas las instancias científicas y técnicas tendientes a la aislación o eliminación de los riesgos.
En el siguiente resumen se muestra los diferentes equipos de protección personal, riesgos a cubrir y principales requisitos de los mismos:
Ropa de trabajo
Proyección de partículas, salpicaduras, contacto con sustancias o materiales calientes, condiciones ambientales de trabajo.
Ser de tela flexible, que permita una fácil limpieza y desinfección y adecuada a las condiciones del puesto de trabajo.
Ajustar bien al cuerpo del trabajador, sin perjuicio de su comodidad y facilidad de movimientos.
Siempre que las circunstancias lo permitan, las mangas deben ser cortas y cuando sean largas y ajustar adecuadamente.
Eliminar o reducir en lo posible, elementos adicionales como bolsillos, bocamangas, botones, partes vueltas hacia arriba, cordones y otros, por razones higiénicas y para evitar enganches.
No usar elementos que puedan originar un riesgo adicional de accidente como ser: corbatas, bufandas, tirantes, pulseras, cadenas, collares, anillos y otros.
En casos especiales debe ser de tela impermeable, incombustible, de abrigo resistente a sustancias agresivas, y siempre que sea necesario, se dotar al trabajador de delantales, mandiles, petos, chalecos, fajas, cinturones anchos y otros elementos que puedan ser necesarios.
Protección craneana: cascos, capuchones, etc. Caída de objetos, golpes con objetos, contacto eléctrico, salpicaduras.
Ser fabricados con material resistente a los riesgos inherentes a la tarea, incombustibles o de combustión muy lenta.
Proteger al trabajador de las radiaciones térmicas y descargas eléctricas.
Protección ocular: antiparras, anteojos, máscara facial,etc Proyección de partículas, vapores (ácidos, alcalinos, orgánicos, etc), salpicaduras (químicas, de metales fundidos, etc), radiaciones (infrarrojas, ultravioletas, etc).
Tener armaduras livianas, indeformables al calor, ininflamables, cómodas, de diseño anatómico y de probada resistencia y eficacia.
Cuando se trabaje con vapores, gases o aerosoles, deben ser completamente cerradas y bien ajustadas al rostro, con materiales de bordes elásticos.
En los casos de partículas gruesas deben ser como las anteriores, permitiendo la ventilación indirecta
En los demás casos en que sea necesario, deben ser con monturas de tipo normal y con protecciones laterales, que puedan ser perforadas para una mejor ventilación.
Cuando no exista peligro de impacto por partículas duras, pueden utilizarse anteojos protectores de tipo panorámico con armazones y visores adecuados.
Deben ser de fácil limpieza y reducir lo menos posible el campo visual.
Las pantallas y visores deben libres de estrías, rayaduras, ondulaciones u otros defectos y ser de tamaño adecuado al riesgo.
Se deben conservar siempre limpios y guardarlos protegiéndolos contra el roce.
Las lentes para anteojos de protección deben ser resistentes al riesgo, transparentes, ópticamente neutras, libres de burbujas, ondulaciones u otros defectos y las incoloras transmitirán no menos del 89% de las radiaciones incidentes.
Si el trabajador necesita cristales correctores, se le deben proporcionar anteojos protectores con la adecuada graduación óptica u otros que puedan ser superpuestos a los graduados del propio interesado.
Protección auditiva: insertores, auriculares, etc Niveles sonoros superiores a los 90 db(A).
Se deben conservar limpios.
Contar con un lugar determinado para guardarlos cuando no sean utilizados.
Protección de los pies: zapatos, botas, etc. Golpes y/o caída de objetos, penetración de objetos, resbalones, contacto eléctrico, etc.
Cuando exista riesgo capaz de determinar traumatismos directos en los pies, deben llevar puntera con refuerzos de acero.
Si el riesgo es determinado por productos químicos o líquidos corrosivos, el calzado debe ser confeccionado con elementos adecuados, especialmente la suela.
Cuando se efectúen tareas de manipulación de metales fundidos, se debe proporcionar un calzado que aislante.
Protección de manos: guantes, manoplas, dedil, etc. Salpicaduras (químicas, de material fundido, etc), cortes con objetos y/ materiales, contacto eléctrico, contacto con superficies o materiales calientes, etc.
Contar con el material adecuado para el riesgo al que se va a exponer.
Utilizar guante de la medida adecuada.
Los guantes deben permitir una movilidad adecuada.
Protección respiratoria: barbijos, semimáscaras, máscaras, equipos autónomos, etc) Inhalación de polvos, vapores, humos, gaseo o nieblas que pueda provocar intoxicación.
Ser del tipo apropiado al riesgo.
Ajustar completamente para evitar filtraciones.
Controlar su conservación y funcionamiento con la necesaria frecuencia y como mínimo una vez al mes.
Limpiar y desinfectar después de su empleo,
Almacenarlos en compartimentos amplios y secos.
Las partes en contacto con la piel deben ser de goma especialmente tratada o de material similar, para evitar la irritación de la epidermis.
Los filtros mecánicos deben cambiarse siempre que su uso dificulte la respiración
Los filtros químicos deben ser reemplazados después de cada uso y si no se llegaran a usar, a intervalos que no excedan de un año.
Protección de caídas desde alturas (arnés, cinturón de seguridad, etc)
Caída desde altura Deben contar con anillas por donde pase la cuerda salvavida, las que no pueden estar sujetas por medio de remaches.
Los cinturones de seguridad se deben revisar siempre antes de su uso, desechando los que presenten cortes, grietas o demás modificaciones que comprometan su resistencia.
No se puede utilizar cables metálicos para las cuerdas salvavidas.
Se debe verificar cuidadosamente el sistema de anclaje y su resistencia y la longitud de las cuerdas salvavidas ser lo más corta posible, de acuerdo a las tareas a realizar.
www.estrucplan.com.ar
Etiquetas:
elctricidad,
epp,
equipo de proteccion personal,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
martes, 21 de junio de 2011
NUEVA INSCRIPCIÓN: Carrera "Técnico Superior Seguridad e Higiene en el Trabajo"
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 28 de abril de 2011
Instruir o enseñar es algo más complejo que decir y mostrar
Se cree generalmente que enseñar o instruir es tarea sencilla que puede desempeñar cualquier persona que sepa hacer un trabajo. Quienes piensan así creen que construir es decir en forma clara y detallada lo que el trabajador debe hacer. Otros creen que construir no es solamente decir, sino decir y mostrar lo que se espera que haga el trabajador. Instruir o enseñar es algo más complejo que decir y mostrar.
A continuación se dan las cuatro fases en que se descompone el proceso de instrucción y enseñanza.
1. - Preparar al trabajador.
Esta fase tiene como fin despertar en el trabajador el interés por el trabajo y ganarse su confianza, para lo cual se recomienda:
a) Animarle, ser amable con él
b) Definir el trabajo y averiguar la experiencia del trabajador
c) Despertar su interés por aprender el trabajo
2. - Demostrar el trabajo
Esta es la fase básica de la introducción y en la que el supervisor debe desarrollar una gran habilidad para obtener éxito en la instrucción. las recomendaciones son:
a) Debe de colocarse el trabajador en la mejor posición para observar la demostración del trabajo.
b) Debe explicar, mostrar e ilustrar, en el orden real, cada una de las operaciones.
c) Debe recalcar todo lo que el trabajador debe saber para hacer cada una de las operaciones.
d) La instrucción debe ser clara, completa y paciente.
e) El ritmo de la instrucción debe ser el adecuado para la capacidad de comprensión del trabajador.
3. - Comprobar el aprendizaje.
Para instruir no basta realizar correctamente lo indicado en las dos fases anteriores, es necesario ademas, verificar que el trabajador este aprendiendo lo que se le esta enseñando.
Para esto se recomienda el siguiente procedimiento:
a) Hacer que el trabajador ejecute las operaciones y corregir los errores que cometa.
b) Pedirle que explique los puntos clave mientras ejecuta las operaciones.
c) Hacerle preguntas inteligentes para verificar que entiende y que esta aprendiendo cada operación.
d) Felicitarlo por sus aciertos y animarlo diciéndole que lo esta haciendo bien, cuando así sea.
4. - Observarlo en la practica.
En el trabajo normal de producción no se puede correr el riesgo de cometer errores y equivocaciones, por lo que se hace necesario observar de cerca la acción del trabajador, después de haber terminado la fase anterior de la instrucción. Se recomienda la siguiente técnica:
a) Hacer que trabaje independientemente.
b) Indicarle a quien debe consultar en caso de que le surjan dudas.
c) Revisar su trabajo frecuentemente e invitarlo que haga las preguntas que aclaren sus dudas.
d) Finalmente, disminuir progresivamente la ayuda y la vigilancia hasta llegar a la supervisión normal de un obrero calificado.
Etiquetas:
accidente laboral,
elctricidad,
elementos de seguridad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
martes, 26 de abril de 2011
LA HIGIENE Y SEGURIDAD COMO CIENCIAS MULTIDISCIPLINARIAS
Si bien el desarrollo de las técnicas ha ido trayendo desarrollo sobre los equipos de protección colectiva y personal, algunos descubrimientos han ocasionado la muerte de quienes lo hicieron como por ejemplo el caso del Radio, que causa el cáncer que termina con la vida de Maria Curie.
Si bien es cierto que el desonocimiento de los riesgos es la causa de muchos de los accidentes es también cierto que el desprecio por la vida y la inconsciencia es en la mayoría de los casos causa de accidentes fatales como en la edad de piedra.
Dado el desarrollo actual de la seguridad e higiene laboral, se han creado varias divisiones y disciplinas o especialodades. Como pueden ser, la ergonomía, la ecología, la fisiología laboral, la psicología laboral y las relaciones humanas laborales entre otras, además de las relaciones humanas laborales entre otras, además de las divisiones propias que se generan desde el punto de vista ocupacional, como son la higiene y seguridad rural y la higiene y seguridad en la construcción entre otras ocupaciones.
Como puede verse la higiene y seguridad son técnicas que se nutren de diversas fuentes aplicándolas a diferentes situaciones en función a las necesidades y complejidades que se presenten. Todo sin mencionar las ciencias básicas que son justamente la base del desarrollo de todas las ciencias.
Las enfermedades laborales, son tan antiguas como el hombre, existen antecedentes de la época de los Faraones, de enfermedades sufridas por los esclavos como consecuencia de la exposición a ambientes laborales adversos o contaminados. Como por ejemplo la exposición de trabajadores al polvo del bermellón que producía serios daños en las vías respiratorias a comienzo de la era Cristina y que obligaba a los trabajadores a colocarse vejigas frescas de res en las fosas nasales, lo que constituye el primer antecedente de una protección respiratoria.
De la misma manera se conoce que Galeno, descubre trastornos respiratorios en obreros de minas y otras enfermedades que son causadas por los vapores del plomo.
Todos estos avances se producen lentamente hasta el siglo XX que como consecuencia del desarrollo industrial y tecnológico los mismos se desarrollan como casi todo el resto de la tecnología en forma exponencial.
En el año 1916 la Organización Internacional del Trabajo OIT, se funda con la finalidad de consolidar la protección del trabajador contra las enfermedades laborales.
En los países de América los antecedentes de la medicina laboral son muy amplios y el desarrollo actual constituye una especialidad dentro del área de la Seguridad Laboral.
Referente al control ambiental, recién a fines del siglo XX se ha comenzado a pensar en las consecuencias que se están sufriendo como resultado del uso indiscriminado de diferentes tipos de contaminantes, estas consecuencias aún reversibles, nos muestran que es lo que no deberíamos seguir haciendo. El desarrollo de la Ecología como disciplina integradora de diversas ciencias como lo son, la Biología, la Química y la Medicina entre otras ha traído aparejada el desarrollo de grandes campañas comprometidas a mostrar el deterioro ecológico para crear conciencia sobre los niveles de contaminación del aire, el suelo, y el agua. En especial en aquellas personas involucradas en el tema, como lo son empresarios, propietarios de grandes, pequeñas o medianas empresas, que provocan algún tipo de contaminación, ya que todas en alguna medida son las que contribuyen al deterioro del medio ambiente.
Etiquetas:
elctricidad,
elementos de seguridad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 14 de abril de 2011
Elementos de Seguridad
Los elementos de seguridad son de gran importancia para cumplir los procesos de calidad, cuidar al trabajador y asegurar un buen desarrollo del contexto laboral.
En la seguridad industrial, la correcta utilización de los elementos de seguridad es fundamental para mantener una excelente protección individual y del contexto laboral. Ante las posibles situaciones de riesgo es necesario contar con el compromiso del profesional y la responsabilidad planteada durante instrucciones y capacitaciones de normas y procedimientos de seguridad. La concientización referida a la buena utilización de elementos de seguridad, herramientas y artefactos eléctricos tiene mucha importancia al momento de enfrentar situaciones peligrosas, de riesgo, o de manipulación de elementos en la rutina de trabajo. Cuidar la integridad del individuo es uno de los objetivos visibles en las normas de seguridad.
Cabeza, ojos y oídos.
Proteger las vías respiratorias y los ojos es de gran importancia cuando se realizan actividades industriales. Los elementos de seguridad relacionados a la protección de los sentidos superiores, están contemplados en todas las normas internacionales y son de uso obligatorio para los individuos implicados en la tarea. Entre los elementos de seguridad más importantes encontramos a los protectores auditivos, de gran importancia cuando se realizan actividades con frecuencia de ruido muy altas y que pueden afectar la audición. En cuanto a la protección ocular en trabajos donde se registran riesgos de chispas, virutas, esquirlas, es necesario utilizar gafas protectoras o anteojo de seguridad. Por lo general el anteojo de seguridad es fabricado en policarbonato de alto impacto puede ser transparente totalmente y tiene protección lateral. La protección de la cabeza esta directamente encomendada al uso correcto del casco. El casco es provisto por la institución contratante y debe ser utilizado durante toda la jornada laboral sin excepción.
Tronco, manos y miembros inferiores.
Los elementos de seguridad referidos a las zonas del cuerpo media y baja se encuentran directamente relacionados con el tipo de actividad que se realice. En trabajos de altura es fundamental la utilización del cinturón de seguridad, utilizar los enganches con exactitud puede salvar la vida de la persona en las situaciones menos pensadas. La faja lumbar es otro de los elementos que contribuyen a la buena posición anatómica del trabajador, estos elementos, junto con los trajes de agua y mamelucos dependen de la situación climática y las condiciones geográficas donde se trabaje. La protección de manos esta relacionada con el tipo de actividad que se realice; de este modo se utilizan guantes de distintos materiales, para cubrir la tarea especifica. En relación a la protección de los pies, el calzado de seguridad debe ser tenido en cuanta sobre todo, cuando se trabaja en contexto de riesgos de lesión en los pies.
Responsabilidad.
Es responsabilidad del trabajador informar sobre los elementos deteriorados, roturas en los elementos o fallas de construcción de la ropa o elementos de seguridad. El reemplazo y puesta en observación de las utilidades con fallas, debe ser tenido en cuenta por todo el equipo de trabajo y los responsables de áreas.
Etiquetas:
elctricidad,
elementos de seguridad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
lunes, 4 de abril de 2011
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL
NOTICIA IMPORTANTE
NUEVA RESOLUCIÒN SOBRE LAS REGLAMENTACIONES EN LA TEMÀTICA DE LA PROVISIÒN DE ELEMENTOS PARA LA PROTECCIÒN PERSONALB.O. 30/03/11 - Resolución 299/2011-SRT - HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO - Adopta reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Resolución 299/2011
Adóptanse las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores.
________________________________________
Bs. As., 18/3/2011
VISTO el Expediente N° 20.770/10 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557 y N° 25.212, los Decretos N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996, N° 617 de fecha 7 de julio de 1997, N° 1057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007 y la Resolución N ° 896 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA , COMERCIO Y MINERIA (S.I.C. y M.) de fecha 6 de diciembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso a) del apartado 2 del artículo 1° de la Ley N ° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) establece como uno de sus objetivos fundamentales la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.
Que el inciso d) del artículo 7° de la Ley N ° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo estipula que los factores que deben ser considerados primordialmente a los fines de reglamentar las condiciones de seguridad en los ámbitos de trabajo son, entre otros, los equipos de protección individual de los trabajadores.
Que el inciso c) del artículo 8° de la Ley N ° 19.587 estipula que todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, especialmente en lo relativo al suministro y mantenimiento de los equipos de protección personal.
Que el artículo 5° de la Ley N ° 19.587 dispone: “a los fines de la aplicación de esta ley considéranse como básicos los siguientes principios y métodos de ejecución:.. l) adopción y aplicación, por intermedio de la autoridad competente, de los medios científicos y técnicos adecuados y actualizados que hagan a los objetivos de esta ley”.
Que corresponde entonces adoptar las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores, esto es, que los protejan adecuadamente de los riesgos inherentes a la tarea que realizan.
Que la forma objetiva de demostrar la conformidad de los elementos de protección personal con normas de calidad, seguridad, eficiencia, desempeño, buenas prácticas de manufactura y comerciales, es la certificación por un tercero especializado y confiable.
Que a nivel internacional, se encuentra adoptado este mecanismo para lograr los fines mencionados.
Que al respecto, mediante la Resolución N ° 896 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA , COMERCIO Y MINERIA de fecha 6 de diciembre de 1999, se establecieron los requisitos esenciales que deberán cumplir los equipos, medios y elementos de protección personal que se quieran comercializar en el país, entre los cuales se estableció la certificación de producto por marca de conformidad o lote.
Que el inciso a) del apartado 1 del artículo 36 de la Ley N ° 24.557 dispone que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) tendrá como función especial, entre otras: “Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo pudiendo dictar las disposiciones complementarias que resulten de delegaciones de esta ley o de los Decretos reglamentarios”.
Que los artículos 1°, 4° y 5° del Decreto N° 1057 de fecha 11 de noviembre de 2003 sustituyeron respectivamente a los artículos 2° del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, 3° del Decreto N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996 y 2° del Decreto N° 617 de fecha 7 de julio de 1997, con la finalidad, en todos los casos, de facultar a la S.R.T. para que pueda otorgar plazos, modificar valores, condicionamientos y requisitos establecidos en dichas normas y sus anexos, mediante resolución fundada, autorizándola a dictar normas complementarias de los mencionados Reglamentos de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Que asimismo el artículo 2° del Decreto N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007, facultó a la SRT a dictar las normas necesarias para asegurar una adecuada prevención de los riesgos del trabajo, conforme a las características particulares de las diferentes actividades mineras, incluyendo la aprobación y adopción de las recomendaciones técnicas sobre higiene y seguridad del trabajo en minería, dictadas o a dictarse por Organismos estatales o privados, nacionales o extranjeros.
Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T. ha tomado intervención en orden a su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso a) apartado 1 del artículo 36 de la Ley N ° 24.557, artículo 2° del Decreto N° 351/79; artículo 3° del Decreto N° 911/96, artículo 2° del Decreto N° 617/97 y artículo 2° del Decreto N° 249/07.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1° — Determínase que los elementos de protección personal suministrados por los empleadores a los trabajadores deberán contar, en los casos que la posea, con la certificación emitida por aquellos Organismos que hayan sido reconocidos para la emisión de certificaciones de producto, por marca de conformidad o lote, según la resolución de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA (S.I.C. y M.) N° 896 de fecha 6 de diciembre de 1999.
Art. 2° — Créase el formulario “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal” que con su Instructivo forma parte como Anexo de la presente resolución.
Art. 3° — El Formulario creado por el artículo precedente será de utilización obligatoria por parte de los empleadores. Deberá completarse un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
Art. 4° — La presente resolución entrará en vigencia a los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de su publicación.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
— Juan H. González Gaviola.
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
Resolución 299/2011,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
martes, 29 de marzo de 2011
Seguridad e Higiene.
La seguridad e higiene laboral ha tomado gran importancia en la visión empresarial de los últimos años. Las instituciones toman como una inversión las acciones orientadas a instruir y capacitar personal.
Desde las últimas décadas, diferentes instituciones y organismos empresariales observan de una manera diferente la implementación de normas de seguridad e higiene en los contextos laborales. Muchas instituciones, que anteriormente observaban las acciones relacionadas con seguridad laboral como un gasto innecesario, actualmente abordan la problemática como una inversión. Las acciones tendientes a mejorar la seguridad e higiene en el trabajo se encuadran en normas de seguridad internacionales, apoyadas por leyes locales, y orientadas a guardar la integridad física y social de los trabajadores, proteger los bienes de la empresa y lograr un objetivo de desarrollo integral.
Normas de seguridad e higiene.
Al desarrollar acciones de seguridad e higiene en el trabajo, los principales puntos a fortalecer en la instrucción de la institución es la prevención. Los diferentes instructores que tienen a su cargo transmitir normas y conocimientos a los grupos de trabajo deben procurar motivar el respeto a las normas, con el fin de anticipar y corregir accidentes laborales relacionados directamente con la seguridad y la higiene. Prevenir riesgos asociados a las tareas diarias y rutinarias laborales habituales es muchas veces dificultoso. Las principales dificultades se relacionan con cambios de conducta, hábitos y costumbres. Además se debe concientizar que para prevenir se tiene como principal guía para efectivizar las acciones, las normas de higiene y seguridad.
Desarrollar e implementar normas.
Los profesionales encargados de desarrollar e implementar normas de seguridad en una institución deben observar en detalle las instalaciones y procesos vigentes, antes de sugerir e instruir sobre normas de higiene y seguridad. En primer lugar se deben conocer los edificios y sus instalaciones. Cada sector puede tener distintos niveles de peligrosidad, por esa razón se deberá contar con diferentes medios de protección. Al realizar un recorrido detallado sobre las instalaciones, los expertos deben observar y determinar los medios de protección disponibles, las carencias y las necesidades que deben ser atendidas prioritariamente. Con posterioridad se deben sugerir las mejoras, y corregir conductas actuales.
Seguridad.
Para asegurar las normas es necesario verificar y garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección. También se deben observar todas las instalaciones generales con el fin de minimizar los riesgos de accidentes. Mantener informados a todos los miembros de una empresa de cómo deben prevenir y actuar en casos de emergencia es fundamental para la seguridad de la institución. En todos los casos donde se lleve adelante una evaluación de seguridad e higiene; el instructor debe formar y organizar grupos de personas para que se garantice la rapidez y eficacia en las acciones a emprender para el control de las emergencias.
Etiquetas:
13 de julio,
accidente laboral,
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
prevencion,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnicatura,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
Suscribirse a:
Entradas (Atom)