La función del Técnico Superior en Seguridad e Higiene en el Trabajo es la preservación de la integridad psicofísica del ser humano durante el desarrollo de sus actividades laborales, evitando así posibles accidentes y previniendo aquellas situaciones detectadas como inseguras. Una adecuada prevención, es el objetivo fundamental para el cuidado integral de la salud de los trabajadores.
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viernes, 21 de noviembre de 2014
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lunes, 18 de noviembre de 2013
Responsabilidad de los Profesionales de la Higiene y Seguridad
...Los Graduados en Higiene y Seguridad en el Trabajo tienen conocimientos exhaustivos sobre la Prevención y Corrección de Riesgos en todos los ambientes laborales y en cualquier tipo de Establecimiento ó tarea, dado que son formados específicamente como “Prevencionistas” y que las Incumbencias Profesionales de los Títulos a nivel Universitario en la materia, lo facultan –entre otras– a “Estudiar, Analizar, Evaluar, Organizar, Dirigir e Inspeccionar en Ambientes Laborales, todo lo inherente a Seguridad
e Higiene en el Trabajo” (Resolución Nº 203/87 Ministerio de Educación y Justicia –
También cabe destacar su participación activa de Verificación, de Control y de Capacitación, junto a actividades Normativas, Asesoras y en lo referente a la Implementación de la Política de Seguridad de la Empresa.
El objetivo es contribuir de la manera más efectiva a la eliminación de Riesgos, antes, durante y después de la ejecución de las tareas.
...
Los términos que ha utilizado la Resolución S.R.T. 550, referido a las Obligaciones de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, son: verificar, confeccionar y rubricar, observar, revisar, y en ningún caso, designar, ejecutar ni ordenar la realización de tareas, lo que queda bajo la absoluta Responsabilidad de los Niveles de Mando de la Obra.
Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, si bien son básicamente Consultivos y Asesores, no tienen limitado su accionar a lo expresado, tal cual puede verse en las Disposiciones Legales, especialmente en el Decreto 911/96.
Las Funciones de Mando y de Organización del Trabajo, como así también, las Verificaciones y Supervisiones de aplicación de las Medidas Preventivas, corresponden a los distintos Niveles Ejecutivos de la Empresa y esto no se altera, sino que se potencia con la participación activa de los Responsables y Técnicos en Higiene y Seguridad.
En la actualidad, la Prevención de Riesgos de Accidentes y Enfermedades del Trabajo es una Responsabilidad conjunta de todos los Niveles de la Organización Laboral, en sus respectivas Áreas de Competencia y unidos, cuando así se determine, para potenciar las operatividades seguras en todas las tareas y procesos.
Fragmento de: “QUIENES DEBEN ACTUAR EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”
Lic. Jorge Alfredo Cutuli
(http://www.ias.org.ar/center/comentario)
e Higiene en el Trabajo” (Resolución Nº 203/87 Ministerio de Educación y Justicia –
También cabe destacar su participación activa de Verificación, de Control y de Capacitación, junto a actividades Normativas, Asesoras y en lo referente a la Implementación de la Política de Seguridad de la Empresa.
El objetivo es contribuir de la manera más efectiva a la eliminación de Riesgos, antes, durante y después de la ejecución de las tareas.
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Los términos que ha utilizado la Resolución S.R.T. 550, referido a las Obligaciones de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, son: verificar, confeccionar y rubricar, observar, revisar, y en ningún caso, designar, ejecutar ni ordenar la realización de tareas, lo que queda bajo la absoluta Responsabilidad de los Niveles de Mando de la Obra.
Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, si bien son básicamente Consultivos y Asesores, no tienen limitado su accionar a lo expresado, tal cual puede verse en las Disposiciones Legales, especialmente en el Decreto 911/96.
Las Funciones de Mando y de Organización del Trabajo, como así también, las Verificaciones y Supervisiones de aplicación de las Medidas Preventivas, corresponden a los distintos Niveles Ejecutivos de la Empresa y esto no se altera, sino que se potencia con la participación activa de los Responsables y Técnicos en Higiene y Seguridad.
En la actualidad, la Prevención de Riesgos de Accidentes y Enfermedades del Trabajo es una Responsabilidad conjunta de todos los Niveles de la Organización Laboral, en sus respectivas Áreas de Competencia y unidos, cuando así se determine, para potenciar las operatividades seguras en todas las tareas y procesos.
Fragmento de: “QUIENES DEBEN ACTUAR EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO”
Lic. Jorge Alfredo Cutuli
(http://www.ias.org.ar/center/comentario)
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