miércoles, 6 de julio de 2011

DEFINICIONES sobre ACCIDENTABILIDAD

Accidente de trabajo
Es una lesión inesperada ocurrida en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).


Enfermedad profesional
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por normativa en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.

Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.


Reingreso o reagravación
A los fines del Registro de Accidentabilidad, se considera reingreso a la reagravación de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional previamente notificados.


Accidentabilidad
Es la frecuencia o índice de accidentes laborales o enfermedades profesionales.


Trabajador damnificado o lesionado
Es todo trabajador asegurado que sufrió un accidente de trabajo o enfermedad profesional por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes de trabajo “in itinere”.


Jornadas no trabajadas
Se consideran jornadas no trabajadas al período (días hábiles y no hábiles) transcurrido entre la fecha del accidente o la declaración de la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional, y la fecha de la finalización de la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), sin considerarse estas dos fechas.


Días con baja laboral
Se considera días con baja laboral a las jornadas no trabajadas por el damnificado dentro del período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT).


Registro de Accidentabilidad
El Registro de Accidentabilidad comprende a los accidentes de trabajo (incluidos los in itinere), las enfermedades profesionales y las reagravaciones sufridos por los trabajadores cubiertos, y notificados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).


Casos notificados
Es la cantidad de accidentes de trabajo (incluyendo los in itinere), enfermedades profesionales y reagravaciones que han sido notificados por las ART en el período comprendido.


Forma de ocurrencia
La forma de ocurrencia es el modo en el cual acontece el accidente de trabajo o se manifiesta la enfermedad profesional.


Agente causante
Se considera agente causante a todo aquello que origina o motiva el accidente de trabajo o la enfermedad profesional.


Indices

Se desarrollan los índices para establecer comparaciones de forma directa entre categorías de una misma variable.

Los índices que se presentan son los recomendados e indicados por la XIII Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que el cálculo de los índices sólo considere los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja laboral.

Indice de incidencia
Expresa la cantidad de casos notificados por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de 1 (un) año, por cada mil trabajadores cubiertos:

II = Casos notificados x 1.000

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Trabajadores cubiertos

Indice de gravedad
Los índices de gravedad calculados son dos, no excluyentes, pero sí complementarios:

- Indice de pérdida
El índice de pérdida refleja la cantidad de jornadas no trabajadas en el año, por cada mil trabajadores cubiertos:

IP = Jornadas no trabajadas x 1.000

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Trabajadores cubiertos

- Duración media de las bajas
La duración media de las bajas indica la cantidad de jornadas no trabajadas en promedio, por cada trabajador damnificado, incluyendo solamente aquellos con baja laboral:

B = Jornadas no trabajadas

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Trabajadores damnificados con baja laboral

Indice de incidencia en fallecidos
Expresa la cantidad de trabajadores damnificados que fallecen por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de un año, por cada un millón de trabajadores cubiertos, en ese mismo período.

IM = Trabajadores fallecidos x 1.000.000

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Trabajadores cubiertos

Indice de letalidad
Como se ve, difiere de la definición de índice de incidencia en fallecidos (mortalidad), ya que su denominador no es trabajadores cubiertos, sino casos.

IL = Trabajadores fallecidos x 100.000

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Cantidad de casos totales

COBERTURA


Empleadores asegurados / afiliados
Son los empleadores que, identificados de forma unívoca por su CUIT, se encuentran cubiertos por el Sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) debido a que suscribieron un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o porque están incluidos en la opción del autoseguro.


Trabajadores cubiertos
Se consideran trabajadores cubiertos a aquellos enunciados por los empleadores afiliados en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP -cuando se encuentran dentro del Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS)- o en las declaraciones presentadas a las ART responsables o directamente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para los casos que se encuentran fuera del SUSS.


Masa salarial declarada
Son los salarios declarados -en pesos- por los empleadores afiliados, en concepto de remuneración bruta (antes de descuentos) correspondiente a los trabajadores asegurados.


Salario medio de la empresa
Es el valor promedio de los salarios pagados por cada empleador, sujetos a cotización de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).


Cuota pactada
Es el monto o premio -en pesos- que el empleador afiliado acuerda pagar a la Aseguradora para financiar las prestaciones previstas en la LRT. Este monto devenga mensualmente y se compone de dos partes: 1) se obtiene al aplicar una cápita fija en esos por cada trabajador asegurado; 2) se obtiene al imputar una alícuota porcentual sobre la masa salarial declarada.


Cuota recaudada
Es el monto en pesos que el sistema recauda por pagos efectuados en el período considerado por los empleadores afiliados, para hacer frente al devengamiento de las cuotas pactadas. Las cuotas recaudadas se computan de forma mensual y pueden, mes a mes, no ser iguales a los pagos que efectivamente corresponden al período, debido a que algunos empleadores abonan sus compromisos con retraso.


Sector de actividad económica
Son las ramas de actividad económica de las empresas según el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).


Tamaño del empleador
El tamaño del empleador representa la cantidad de trabajadores cubiertos enunciados por los empleadores afiliados o autoasegurados.

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