La función del Técnico Superior en Seguridad e Higiene en el Trabajo es la preservación de la integridad psicofísica del ser humano durante el desarrollo de sus actividades laborales, evitando así posibles accidentes y previniendo aquellas situaciones detectadas como inseguras. Una adecuada prevención, es el objetivo fundamental para el cuidado integral de la salud de los trabajadores.
jueves, 28 de julio de 2011
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL:
El personal de la industria, debe utilizar elementos de protección personal apropiados obligatorios por la Art y son : camisa y pantalón de trabajo, anteojos o antiparras, guantes, cascos, y botines con puntera de seguridad industrial .
Será obligatorio siempre el uso del calzado con puntera de acero.
En todo tipo de empresas y cuando la misma brinda servicios produciendo su propia materia prima, elaborando productos, o bien, confeccionando maquinas para la construcción u otros establecimientos y contamos con empleados, nos sometemos diariamente al riesgo laboral, ya sea in itinere o bien accidentes de trabajo (llamados laboralmente accidentes ley 9688 o accidentes acción civil art. 1113 ) riesgos para y con las cosas.
Para evitar estos accidentes, debemos cumplir con las normas de higiene y seguridad industrial. si hablamos de la primera de las normas llamada normas de higiene nos encontramos con que en todo establecimiento es obligatorio exhibir carteles luminosos indicativos de como poder evitar riesgos en el trabajo y explicar a toda persona propia o ajena a la planta de que elementos son obligatorios a la hora de laborar.
Primero : brindar a los empleados obreros cursos de capacitación mensual de una hora de duración explicando los riesgos en el trabajo y como poder evitar accidentes, de debe exhibir siempre en lugar visible los números mas cercanos a la planta sobre teléfonos de emergencia para derivaciones
Los requisitos básicos de higiene y seguridad son : con el objeto de controlar riesgos que se están observando frecuentemente en el desarrollo de los trabajos se debe tener presente los siguientes ejemplos:
1. Todo contratista que realice tareas de reparación y mantenimiento en los fulones, debe colocar cartel luminoso que indique hombre trabajando ( o similar ) en él o los tableros de comando, además deberá solicitar y controlar que se cumpla con el corte del suministro eléctrico que genera el movimiento del falón.
2.Todo contratista que realice tareas de reparación y mantenimiento en los falones o realice tareas que requiera electricidad , debe contar con tableros eléctricos que tengan llave térmica, disyuntor diferencial y transformador para tomas de 24 v ( para portátiles ) , además no deben estar los cables nunca en el piso ni en contacto con agua.
3.Todo contratista que realice tareas de movimiento de cargas y descargas elevadas con grúas o que puedan trabajar en proximidades y/o debajo donde trabajen personas en altura, deben utilizar cascos.
4.Todo contratista que realice tareas en sectores internos de planta o tareas que generen ruidos, deben utilizar protectores auditivos.
5. Se recuerda colocar cinta de peligro en todas las taras que deban realizar, especialmente en trabajos elevados peligrosos - rollos demarcatorios de zonas de peligro ( rollos de 200 metros)
Cumpla y evite sanciones por parte de la art y evite accidentes de sus propios empleados
Toda empresa contratista que cumpla servicios en plantas debe contar con la presencia de un responsable habilitado en seguridad e higiene en el trabajo que así lo represente , es exigible para dicho profesional el cumplimiento de requisitos establecidos en el decreto 1338/96 y resolución 231/96 y modificatorias, cuyas tareas serán auditadas siempre por servicio de esa compañía.
En obras con tareas de alto riesgo para sus empleados, como son por ejemplo tareas en altura, instalaciones de media y alta tensión, metalúrgicas, cañerías para productos químicos peligrosos o tóxicos, recipientes bajo presión o vacía, trabajos en calderas, en yacimientos petrolíferos u otros trabajos calificados por la seguridad industrial , se deberá controlar e instruir siempre a sus dependientes sobre como poder utilizar todos los servicios. que brindan las leyes de seguridad industrial sobre los elementos obligatorios de la art. como son por ejemplo : casos, guantes dieléctricos, protectores, auditivos, precintos de seguridad, etc.
Se deben respetar indicaciones de avisos y carteles en cuanto a velocidad máxima cuando se utilizan tractores para la movilización dentro de la planta, y prohibición de fumar, etc. , y toda recomendación útil al obrero.
Se tomaran medidas necesarias siempre para evitar daños a personas o bienes y evitar la permanencia o transito de personas en lugares ajenos a los trabajos que se realicen , salvo los que correspondan a los recorridos habituales para entrada y salida
Cuando sea necesario es obligatorio por las ART compañía de seguros, uso obligatorio de bebederos de agua potable, los que están identificados .
Riesgos de incendio: para todas las operaciones que generen o puedan generar llamas o chispas ( por ej.: soldaduras, amolados, etc.), deberá contarse con autorización de la comitente. esta totalmente prohibido el derrame siempre de productos inflamables o combustibles en el sistema de desagües de las fabricas o en el lugar de trabajo .
Usar matafuegos reglamentarios y mangueras de incendio limitado, exclusivamente a sus fines específicos
Trabajos en altura: deberán usar escaleras obligatorias y andamios que se utilicen serán los apropiados y deberán estar en buenas condiciones. al instalarse el andamio debe verificarse la correcta nivelación y practicarse su anclaje a las estructuras. Nunca deben sobrecargarse.
Cinturones de seguridad: para trabajos que así lo requieran , serán obligatorios el uso del cinturón, apropiados y en buenas condiciones. al trabajar en altura aun cuando tenga cinturón de seguridad, nunca deberá trabajar solo sino con asistencia de otra persona en caso de necesitar socorrer. se dispondrá lo necesario para evitar la caída de herramientas u otros materiales.
Contaminantes: es obligatorio disponer todas las medidas practicas posibles para evitar incorporación al ambiente de concentraciones no admisibles de contaminantes de cualquier tipo, como ser por ej.: gases , mapones, polvos o polvillos )
Cuando el trabajo provoque desniveles que puedan ser causa de accidentes, se colocaran como uso obligatorio las vallas y advertencias con carteles luminosos que sean necesarios.
Golpes y cortes con objetos: obligatorios y reglamentarios son el uso de botiquines con los sig. Elementos: pervinox, algodón, guantes, genial, curitas, gasas, tijera, agua oxigenada...
El personal debe usar cascos y calzados de seguridad además de la ropa de trabajo ( pantalón y camisa obligatorio por la Art)
El personal deberá trabajar permanentemente en altura con arnés de seguridad amarrado a un punto fijo exterior a los mismos.
Etiquetas:
elctricidad,
elementos de seguridad,
equipo de proteccion personal,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
miércoles, 27 de julio de 2011
Usuhaia-Gobierno llama a profesionales en Higiene y Seguridad laboral
Los incorporados pasarán a planta permanente
La gobernadora Fabiana Ríos dispuso, por medio del decreto 1667/11, la incorporación en planta permanente de cuatro Técnicos; Licenciados o Ingenieros en Higiene y Seguridad Laboral para desempeñarse en el ámbito de la Dirección General de Fiscalización Laboral, dependiente del Ministerio de Trabajo
El titular de la cartera laboral, Marcelo Echazú, explicó que esta medida surge a partir de la “disposición del Consejo Federal del Trabajo para la profesionalización del área”, señalando que si bien esto “se realizará de forma paulatina, se busca que los inspectores cuenten con una formación específica”.
Cabe destacar que aquellos profesionales que se encuentran inscriptos en el registro creado dentro del Ministerio de Trabajo y que cuenten con más de diez años de residencia en la Provincia “contarán con un puntaje diferencial en el proceso de selección”, subrayó Echazú.
Dos profesionales se desempeñarán en la ciudad de Ushuaia y otros dos en Río Grande, perteneciendo al escalafón seco de la administración central categoría 17 P.A.Y.T. o a la categoría “E” del Escalafón Profesional Universitario (E.P.U.), según el título del aspirante.
El mecanismo de selección será por evaluación de antecedentes y oposición de los postulantes, como así también por una entrevista personal realizada por un jurado creado a tal fin.
Los interesados podrán retirar el pliego de bases y condiciones y realizar consultas en Fadul 204 en la ciudad de Ushuaia u Obligado 750 en Río Grande o telefónicamente al 02901 – 440951 o al 02964 – 423173 de lunes a viernes en el horario de 10 a 15.
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral
Seguridad en la Industria de la Construcción
Protección contra la caida de Personas
El riesgo de caída de personas se debe prevenir con las siguientes opciones:
Las aberturas en el piso se deben proteger por medio de:
Cubiertas sólidas que permitan transitar sobre ellas y, en su caso, que soporten el paso de vehículos. No deben constituir un obstáculo para la circulación, debiendo sujetarse con dispositivos eficaces que impidan cualquier desplazamiento accidental. El espacio entre las barras de las cubiertas construidas en forma de reja no superará los CINCO CENTIMETROS (5cm.).
Barandas de suficiente estabilidad y resistencia en todos los lados expuestos, cuando no sea posible el uso de cubiertas. Dichas barandas serán de UN METRO (1m.) de altura, con travesaños interme-dios y zócalos de QUINCE CENTIMETROS (15cm.) de altura.
Aberturas en las paredes al exterior con desnivel: deben estar protegidas por barandas, travesaños y zócalos, igual que el punto anterior. Cuando existan aberturas en las paredes de dimensiones reducidas y se encuentren por encima del nivel del piso a UN METRO (1m.) de altura como máximo, se pueden usar travesaños cruzados como elementos de protección.
Cuando los paramentos no hayan sido construidos y no se utilicen barandas, travesaños y zócalos como protección contra la caída de personas, se deben instalar paredes protectoras por debajo del plano de trabajo. Estas deben cubrir todas las posibles trayectorias de caídas. Estas redes salvavidas deben tener una resistencia ade-cuada en función de las cargas a soportar y ser de un material cuyas características resistan las agresiones am-bientales del lugar donde se instalen. Deberán estar provistas de medios seguros de anclaje a puntos de amarre fijo. Se deben colocar como máximo a TRES METROS (3m.) por debajo del plano de trabajo, medido en su flecha máxima.
Es obligatoria la identificación y señalización de todos los lugares que en obra presenten riesgo de caída de personas y la instalación de adecuadas protecciones.
Caída de personas al agua: Es obligatorio proveer a los trabajadores de chalecos salvavidas y demás elementos de protección personal que para el caso se consideren apropiados. Se debe prever la existencia de medios de salvamento, en su caso, tales como redes, botes con personal a bordo y boyas salvavidas.
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo,
trabajo en altura
jueves, 21 de julio de 2011
Diferencias entre "Higiene" y "Seguridad" Laboral.
HIGIENE
Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan.
Está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre – y su ambiente de trabajo, es decir que posee un carácter eminentemente preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado, evitando que éste enferme o se ausente de manera provisional o definitiva del trabajo.
Conforma un conjunto de conocimientos y técnicas dedicados a reconocer, evaluar y controlar aquellos factores del ambiente, psicológicos o tensionales,
que provienen, del trabajo y pueden causar enfermedades o deteriorar la salud.
Objetivos:
§ Eliminar las causas de las enfermedades profesionales
§ Reducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en personas enfermas o portadoras de defectos físicos
§ Prevenir el empeoramiento de enfermedades y lesiones
§ Mantener la salud de los trabajadores
§ Aumentar la productividad por medio del control del ambiente de trabajo.
¿ Cómo podemos lograr estos objetivos?
§ Educación de todos los miembros de la empresa, indicando los peligros existentes y enseñando cómo evitarlos.
§ Manteniendo constante estado de alerta ante los riesgos existentes en la fábrica.
§ Por os estudios y observaciones de nuevos procesos o materiales que puedan utilizarse.
SEGURIDAD
Conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleados para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implementación de prácticas preventivas.
Según el esquema de organización de la empresa, los servicios de seguridad tienen el objetivo de establecer normas y procedimientos, poniendo en práctica los recursos posibles para conseguir la prevención de accidentes y controlando los resultados obtenidos.
El programa debe ser establecido mediante la aplicación de medidas de seguridad adecuadas, llevadas a cabo por medio del trabajo en equipo.
La seguridad es responsabilidad de Línea y una función de staff. Cada supervisor es responsable de los asuntos de seguridad de su área, aunque exista en la organización un organismo de seguridad para asesorar a todas las áreas.
La seguridad del trabajo contempla tres áreas principales de actividad:
� Prevención de accidentes
� Prevención de robos
� Prevención de incendios
Autores: Cimo, Carina Corrales, Andrea Galán, Mónica Martínez, Eliana Pacini, Andrea Quiroga, Gabriela Rodríguez, Mª Belén Rodríguez, Celia Zevallos, Mariela
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnicatura,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
jueves, 14 de julio de 2011
TRABAJOS EN ALTURA
ARNESES DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS
1- Trabajo en altura. Definición.
Es el trabajo que se ejecuta en niveles superiores a dos metros respecto del plano horizontal inferior más próximo. Por lo común tiene lugar:
• Sobre techos y terrazas.
• Sobre estructuras que se arman especialmente tales como pasarelas, andamios fijos, rodantes o colgantes, silletas, caballetes, escaleras de una o dos hojas, etc.
• Sobre equipos o estructuras fijas verticales (torres, silos, tanques plataformas, postes, etc.).
• Junto a excavaciones, pozos y otras aberturas en techos y pisos.
2- Planificación del trabajo en altura.
Los trabajos en altura, aún aquellos de corta duración, requieren de una planificación minuciosa para reducir al mínimo los riesgos que se presentan habitualmente en ese ámbito laboral.
• La primera medida de prevención es ordenar el trabajo de manera de minimizar el tiempo de trabajo en altura.
• La evaluación de riesgos asociados es otro factor a tener en cuenta. En este sentido se pueden presentar tres clases de riesgos:
Caída de materiales o herramientas.
Caída de Personas.
Riesgos en cercanías de conductores eléctricos aéreos.
• A partir de la evaluación de los riesgos deberán implementarse medidas adecuadas para evitar accidentes.
3- Sistemas individuales de prevención de caídas de personas.
• Arnés de cuerpo entero.
• Cabo de amarre.
Los cinturones de sujeción (aquéllos empleados por trabajadores de líneas o postes para tener las manos libres durante la ejecución de las tareas) no se consideran parte integrante de un sistema individual de prevención de caídas.
Arnés de cuerpo entero:
El arnés es un dispositivo de sujeción integrado entre otros elementos por correas que se ponen alrededor del tronco y los muslos, con anillos o hebillas de enganche frontales,
laterales o dorsales para sujetar el arnés a otras partes del sistema. Su función, en caso de una caída, es distribuir la fuerza entre los muslos, la pelvis, el pecho y los hombros de manera de impedir que el trabajador padezca lesiones físicas severas durante la misma.
Cabo de Amarre:
Elemento utilizado para anclar al trabajador desde algunas de las hebillas que componen el arnés a un punto fijo de la estructura (tanque, poste, torre, andamio, pasarela, etc.).
4- Elección del tipo de arnés.
Aspectos a tener en cuenta:
• El arnés que se elija debe resultar cómodo y ajustarse al cuerpo sin impedir la libertad de movimientos.
• Evaluar el tipo de riesgo para determinar si el arnés se puede usar con un anclaje, un acollador, un cabo de amarre regulable o fijo, un carril de desplazamiento, un amortiguador de caída, etc.
• Necesidad de protección lumbar.
• Asesoramiento de personal calificado.
• Los arneses de cuerpo entero que se cruzan en el pecho son usualmente más cómodos para las mujeres.
5- Cuidados, manipulación y uso.
Al momento de inspeccionar un arnés se debe poner especial énfasis en el control de las correas y piezas metálicas. No se aconseja el empleo de un arnés cuando se observan:
• Correas en mal estado (por efecto del uso, la abrasión, productos químicos, etc.).
• Piezas metálicas desgastadas, deformadas, corroídas, con rajaduras o salientes.
• Piezas que faltan o señales de malfuncionamiento.
Se aconseja inspeccionar los equipos de prevención de caídas, especialmente los arneses, antes de cada uso. Una persona calificada debería inspeccionarlos al menos una vez por año.
A fin de prolongar la vida útil de un arnés se aconseja guardarlo en un lugar desprovisto de humedad, aceite y de cualquier producto químico y de otra naturaleza que pudiera dañar sus componentes.
Siga al pie de la letra las instrucciones de uso y consejos suministrados por el fabricante.
Fuentes documentales:
www.estrucplan.com.ar
Servicio de noticias “Prevención A.R.T.”
Etiquetas:
arnes,
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad industrial,
seguridad laboral,
trabajo en altura
martes, 12 de julio de 2011
Matafuegos
El elemento por excelencia de combate contra el fuego en el ámbito industrial es el matafuego. Si bien otros elementos de lucha contra incendios como arena y agua son eficaces según el tipo de fuego, el matafuego es una invención extendida y aprobada por las diferentes normas de seguridad vigentes.
En la observación de prevención de riesgos de incendios, los especialistas deben observar y determinar eficientemente la disposición geográfica de cada elemento de combate de riesgos de incendio. Una vez dispuesta la distribución de los elementos, se deben designar grupos de tareas encargados de la revisación periódica del estado y vencimientos de la carga en los extintores. La señalización y lugar donde debe encontrarse el extintor debe ser definido después de una observación minuciosa y responsable. En los momentos de incendio o accidentes, el personal debe conocer exactamente el lugar donde se encuentran los elementos, además mediante una capacitación efectiva se deben conocer los modos de utilización de los elementos.
Tipos de fuego.
En las capacitaciones de personal se debe tener en cuenta, la importancia de informar correctamente sobre diferentes tipos de fuego. No es posible atacar cualquier fuego con cualquier matafuego. El origen de combustión de las llamas determina el tipo de fuego que se genera. Los fuegos se clasifican en distintos tipos, pueden ser de tipo A, B, C, D y K. Estas clasificaciones se realizan según el origen sea de materiales sólidos, líquidos inflamables, eléctricos, metales combustibles, y cocinas comerciales. Al referir el origen del fuego a materiales sólidos, se indica que la materia de combustión es un material que produce brasas, como madera, caucho, plásticos, textiles y papel. Cuando se indica el fuego en líquidos inflamables se esta indicando que la materia es petróleo y sus derivados, distintos tipos de alcoholes, grasas industriales y diferentes escapes de gases. Los fuegos de origen eléctrico son los originados en motores, tableros y generadores eléctricos. En la combustión de los metales combustibles encontramos el magnesio, sodio, potasio y aluminio. Por último debemos mencionar el fuego en las cocinas comerciales, donde se origina en distintos tipos de aceites como aceites de origen animal o vegetal, y grasas.
Tipos de matafuego.
En los matafuegos se indica con letras para qué tipo de fuego están destinados a combatir eficientemente. De este modo, por ejemplo un matafuego tipo AB, esta destinado a combatir materiales sólidos y líquidos, con agua y espuma, uno AC combate con agua pulverizada fuego de materiales sólidos y eléctricos, y de este modo se establecen las diferentes indicaciones para atacar en forma correcta los distintos tipos de fuego, otros tipos de matafuegos son los ABC, ABCD, BC y ABCK. Es muy importante instruir al personal en el uso apropiado de los elementos de trabajo y emergencia.
www.seguridad-e-higiene.com.ar/
Etiquetas:
elctricidad,
extinguidores,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
matafuegos,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral
miércoles, 6 de julio de 2011
DEFINICIONES sobre ACCIDENTABILIDAD
Accidente de trabajo
Es una lesión inesperada ocurrida en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).
Enfermedad profesional
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por normativa en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.
Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.
Reingreso o reagravación
A los fines del Registro de Accidentabilidad, se considera reingreso a la reagravación de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional previamente notificados.
Accidentabilidad
Es la frecuencia o índice de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Trabajador damnificado o lesionado
Es todo trabajador asegurado que sufrió un accidente de trabajo o enfermedad profesional por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes de trabajo “in itinere”.
Jornadas no trabajadas
Se consideran jornadas no trabajadas al período (días hábiles y no hábiles) transcurrido entre la fecha del accidente o la declaración de la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional, y la fecha de la finalización de la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), sin considerarse estas dos fechas.
Días con baja laboral
Se considera días con baja laboral a las jornadas no trabajadas por el damnificado dentro del período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT).
Registro de Accidentabilidad
El Registro de Accidentabilidad comprende a los accidentes de trabajo (incluidos los in itinere), las enfermedades profesionales y las reagravaciones sufridos por los trabajadores cubiertos, y notificados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Casos notificados
Es la cantidad de accidentes de trabajo (incluyendo los in itinere), enfermedades profesionales y reagravaciones que han sido notificados por las ART en el período comprendido.
Forma de ocurrencia
La forma de ocurrencia es el modo en el cual acontece el accidente de trabajo o se manifiesta la enfermedad profesional.
Agente causante
Se considera agente causante a todo aquello que origina o motiva el accidente de trabajo o la enfermedad profesional.
Indices
Se desarrollan los índices para establecer comparaciones de forma directa entre categorías de una misma variable.
Los índices que se presentan son los recomendados e indicados por la XIII Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que el cálculo de los índices sólo considere los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja laboral.
Indice de incidencia
Expresa la cantidad de casos notificados por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de 1 (un) año, por cada mil trabajadores cubiertos:
II = Casos notificados x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de gravedad
Los índices de gravedad calculados son dos, no excluyentes, pero sí complementarios:
- Indice de pérdida
El índice de pérdida refleja la cantidad de jornadas no trabajadas en el año, por cada mil trabajadores cubiertos:
IP = Jornadas no trabajadas x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
- Duración media de las bajas
La duración media de las bajas indica la cantidad de jornadas no trabajadas en promedio, por cada trabajador damnificado, incluyendo solamente aquellos con baja laboral:
B = Jornadas no trabajadas
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores damnificados con baja laboral
Indice de incidencia en fallecidos
Expresa la cantidad de trabajadores damnificados que fallecen por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de un año, por cada un millón de trabajadores cubiertos, en ese mismo período.
IM = Trabajadores fallecidos x 1.000.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de letalidad
Como se ve, difiere de la definición de índice de incidencia en fallecidos (mortalidad), ya que su denominador no es trabajadores cubiertos, sino casos.
IL = Trabajadores fallecidos x 100.000
--------------------------------------------------------------------------------
Cantidad de casos totales
COBERTURA
Empleadores asegurados / afiliados
Son los empleadores que, identificados de forma unívoca por su CUIT, se encuentran cubiertos por el Sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) debido a que suscribieron un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o porque están incluidos en la opción del autoseguro.
Trabajadores cubiertos
Se consideran trabajadores cubiertos a aquellos enunciados por los empleadores afiliados en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP -cuando se encuentran dentro del Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS)- o en las declaraciones presentadas a las ART responsables o directamente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para los casos que se encuentran fuera del SUSS.
Masa salarial declarada
Son los salarios declarados -en pesos- por los empleadores afiliados, en concepto de remuneración bruta (antes de descuentos) correspondiente a los trabajadores asegurados.
Salario medio de la empresa
Es el valor promedio de los salarios pagados por cada empleador, sujetos a cotización de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Cuota pactada
Es el monto o premio -en pesos- que el empleador afiliado acuerda pagar a la Aseguradora para financiar las prestaciones previstas en la LRT. Este monto devenga mensualmente y se compone de dos partes: 1) se obtiene al aplicar una cápita fija en esos por cada trabajador asegurado; 2) se obtiene al imputar una alícuota porcentual sobre la masa salarial declarada.
Cuota recaudada
Es el monto en pesos que el sistema recauda por pagos efectuados en el período considerado por los empleadores afiliados, para hacer frente al devengamiento de las cuotas pactadas. Las cuotas recaudadas se computan de forma mensual y pueden, mes a mes, no ser iguales a los pagos que efectivamente corresponden al período, debido a que algunos empleadores abonan sus compromisos con retraso.
Sector de actividad económica
Son las ramas de actividad económica de las empresas según el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Tamaño del empleador
El tamaño del empleador representa la cantidad de trabajadores cubiertos enunciados por los empleadores afiliados o autoasegurados.
Es una lesión inesperada ocurrida en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).
Enfermedad profesional
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales aprobado por normativa en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.
Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.
Reingreso o reagravación
A los fines del Registro de Accidentabilidad, se considera reingreso a la reagravación de un accidente de trabajo y/o enfermedad profesional previamente notificados.
Accidentabilidad
Es la frecuencia o índice de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Trabajador damnificado o lesionado
Es todo trabajador asegurado que sufrió un accidente de trabajo o enfermedad profesional por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo los accidentes de trabajo “in itinere”.
Jornadas no trabajadas
Se consideran jornadas no trabajadas al período (días hábiles y no hábiles) transcurrido entre la fecha del accidente o la declaración de la primera manifestación invalidante de la enfermedad profesional, y la fecha de la finalización de la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), sin considerarse estas dos fechas.
Días con baja laboral
Se considera días con baja laboral a las jornadas no trabajadas por el damnificado dentro del período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT).
Registro de Accidentabilidad
El Registro de Accidentabilidad comprende a los accidentes de trabajo (incluidos los in itinere), las enfermedades profesionales y las reagravaciones sufridos por los trabajadores cubiertos, y notificados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Casos notificados
Es la cantidad de accidentes de trabajo (incluyendo los in itinere), enfermedades profesionales y reagravaciones que han sido notificados por las ART en el período comprendido.
Forma de ocurrencia
La forma de ocurrencia es el modo en el cual acontece el accidente de trabajo o se manifiesta la enfermedad profesional.
Agente causante
Se considera agente causante a todo aquello que origina o motiva el accidente de trabajo o la enfermedad profesional.
Indices
Se desarrollan los índices para establecer comparaciones de forma directa entre categorías de una misma variable.
Los índices que se presentan son los recomendados e indicados por la XIII Conferencia Internacional de Estadígrafos del Trabajo.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que el cálculo de los índices sólo considere los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja laboral.
Indice de incidencia
Expresa la cantidad de casos notificados por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de 1 (un) año, por cada mil trabajadores cubiertos:
II = Casos notificados x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de gravedad
Los índices de gravedad calculados son dos, no excluyentes, pero sí complementarios:
- Indice de pérdida
El índice de pérdida refleja la cantidad de jornadas no trabajadas en el año, por cada mil trabajadores cubiertos:
IP = Jornadas no trabajadas x 1.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
- Duración media de las bajas
La duración media de las bajas indica la cantidad de jornadas no trabajadas en promedio, por cada trabajador damnificado, incluyendo solamente aquellos con baja laboral:
B = Jornadas no trabajadas
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores damnificados con baja laboral
Indice de incidencia en fallecidos
Expresa la cantidad de trabajadores damnificados que fallecen por el hecho o en ocasión del trabajo en un período de un año, por cada un millón de trabajadores cubiertos, en ese mismo período.
IM = Trabajadores fallecidos x 1.000.000
--------------------------------------------------------------------------------
Trabajadores cubiertos
Indice de letalidad
Como se ve, difiere de la definición de índice de incidencia en fallecidos (mortalidad), ya que su denominador no es trabajadores cubiertos, sino casos.
IL = Trabajadores fallecidos x 100.000
--------------------------------------------------------------------------------
Cantidad de casos totales
COBERTURA
Empleadores asegurados / afiliados
Son los empleadores que, identificados de forma unívoca por su CUIT, se encuentran cubiertos por el Sistema de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) debido a que suscribieron un contrato con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o porque están incluidos en la opción del autoseguro.
Trabajadores cubiertos
Se consideran trabajadores cubiertos a aquellos enunciados por los empleadores afiliados en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP -cuando se encuentran dentro del Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS)- o en las declaraciones presentadas a las ART responsables o directamente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para los casos que se encuentran fuera del SUSS.
Masa salarial declarada
Son los salarios declarados -en pesos- por los empleadores afiliados, en concepto de remuneración bruta (antes de descuentos) correspondiente a los trabajadores asegurados.
Salario medio de la empresa
Es el valor promedio de los salarios pagados por cada empleador, sujetos a cotización de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Cuota pactada
Es el monto o premio -en pesos- que el empleador afiliado acuerda pagar a la Aseguradora para financiar las prestaciones previstas en la LRT. Este monto devenga mensualmente y se compone de dos partes: 1) se obtiene al aplicar una cápita fija en esos por cada trabajador asegurado; 2) se obtiene al imputar una alícuota porcentual sobre la masa salarial declarada.
Cuota recaudada
Es el monto en pesos que el sistema recauda por pagos efectuados en el período considerado por los empleadores afiliados, para hacer frente al devengamiento de las cuotas pactadas. Las cuotas recaudadas se computan de forma mensual y pueden, mes a mes, no ser iguales a los pagos que efectivamente corresponden al período, debido a que algunos empleadores abonan sus compromisos con retraso.
Sector de actividad económica
Son las ramas de actividad económica de las empresas según el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Tamaño del empleador
El tamaño del empleador representa la cantidad de trabajadores cubiertos enunciados por los empleadores afiliados o autoasegurados.
Etiquetas:
accidentes laborales,
elctricidad,
elementos de seguridad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral,
tecnico superior en seguridad e higiene del trabajo
SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Las empresas se ven obligadas a superar su rendimiento día a día y no perder ese objetivo es lo que va a favorecer al progreso de la compañía. Por esta razón, es importante la toma de conciencia por parte de las empresas con respecto a los accidentes que pueden acontecer, ya que cuando alguno ocurre, es él quien nos esta alarmando sobre algo a corregir, es decir, hay algo que no esta funcionando como corresponde. Como no existe un sistema de prevención para la seguridad en el trabajo que aplique a todas las empresas, es importante que cada una de ellas investigue y logre corregir las causales de los accidentes pues cada lugar de trabajo tiene sus particularidades.
La seguridad en el trabajo es la consecuencia de una labor bien hecha. Así es, en los accidentes no existe la mala suerte. Los accidentes laborales se pueden evitar y la prevención de estos no es un gasto, es una inversión. Las empresas deben comprometerse a conocer la problemática que manifiestan los equipos laborales (tanto sean maquinarias o empleados) de manera anticipada, y convertir la educación para seguridad en el trabajo en parte de si. Deben adquirir los elementos precisos para hacer que la aplicación práctica de los aspectos sistematizados que refieren a cada lugar de trabajo sea posible.
Es importante para lograr mayor seguridad en el trabajo conocer que existen dos tipos de causas que pueden provocar accidentes/incidentes, las “causas básicas” y las “causas inmediatas”. Dentro de las Causas básicas encontramos que hay “factores personales” y “factores de trabajo”.
Cuando las causas son por factores personales puede suceder: que haya trabajadores no aptos para desarrollar las tareas que se les han encargado, sea por falta de conocimiento o por incapacidad; que el trabajador este intentando ahorrar tiempo o esfuerzo; que el empleado este evitando incomodidades; que no se reciba estimulación alguna o se reciba una estimulación inadecuada; entre otras. Cuando las causas son por factores de trabajo puede suceder: que haya ausencia de pautas en el trabajo o que haya pautas inadecuadas; que las maquinarias, equipos, herramientas, instalaciones etc. de trabajo estén mal diseñadas o no tengan un mantenimiento correcto; que se tenga el habito de emplear las maquinarias, herramientas de manera anormal, etc.
Control y mantenimiento de la maquinaria para la seguirdad laboral
Dentro de las Causas inmediatas encontramos que hay “actos inseguros” y “condiciones inseguras”.
Entendemos como “actos inseguros”, por ejemplo, trabajar en una condición o ambiente inseguro; no señalizar y/o advertir sobre las condiciones de riesgo que se hayan detectado; utilizar las utensilios en mal estado; no usar la indumentaria de protección o usar indumentaria no apta para el trabajo que se realiza; remendar artefactos de forma precaria; etc.
Cuando nos referimos a Condiciones inseguras”, hablamos de fallas como la falta de protección en las maquinarias; falta de alarmas; insuficiencia de espacio para trabajar; acumulación inadecuada del material de trabajo; ruidos inmoderados; iluminación impropia; ausencia de señales que adviertan sobre zonas de peligro; presencia de materiales inflamables, en de zonas de calor; suelos en mala condiciones; y otras.
Un estudio efectuado por expertos comprobó que uno de cada 600 accidentes sin consecuencias graves, es fatal.
Seria óptimo lograr, por medio de la información y la educación, el entrenamiento de todos los empleados de cada sector de la empresa, para hacer frente los riesgos existentes y lograr una mayor seguridad en el trabajo.
Por otro lado, el hecho de tener, dentro de la empresa, personal capacitado dedicado a la examinación de las condiciones de trabajo y la detección de sucesos inseguros puede evitar futuros inconvenientes.
Etiquetas:
elctricidad,
federacion luz y fuerza,
fundaluz,
higiene laboral,
higiene y seguridad,
hiigiene y seguridad,
isep 13 de julio,
riesgos laborales,
seguridad e higiene,
seguridad laboral
Suscribirse a:
Entradas (Atom)